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Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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Reforma a las juntas de acción comunal fortalece participación de dignatarios

09 de Agosto de 2019

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La Ley 1989 del 2019 modificó la Ley 743 del 2002, que desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política en lo referente a los organismos de acción comunal, con el objetivo de fortalecer la participación de los dignatarios de las juntas de acción comunal en espacios de decisión territorial, como concejos municipales o distritales.

 

En efecto, la norma reconoce varios derechos, como reuniones con los alcaldes, al menos, una vez al año; el acceso a programas gratuitos de capacitación y formación técnica, tecnológica o profesional; subsidios de transporte y diferentes incentivos. (Lea: Juntas de acción comunal no están obligadas a presentar declaración de renta)

 

Este último aspecto, por ejemplo, implica el reconocimiento de tarifas diferenciales en los servicios públicos, la destinación de un rubro del impuesto predial para la construcción, mejoramiento y adicionamiento de los salones comunales.

 

Además, se instituye la posibilidad, en favor de los organismos de acción comunal, de constituir empresas o proyectos rentables, con el fin de financiar sus programas en beneficio de la comunidad y, así mismo, de constituir juntas para la paz, de las cuales se espera que contribuyan en el cumplimiento de los acuerdos de paz, impulsando la ejecución de programas y proyectos en los territorios adelantados para tal fin.

 

Congreso de la República, Ley 1989, Ago. 2/19.

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