General
Reducen rango de consumo básico de agua
29 de Febrero de 2016
Tal como se había anunciado, la Comisión de Regulación de Agua Potable modificó el rango de consumo básico y redefinió el consumo complementario y suntuario, para contribuir al uso eficiente, ahorro del agua y desestimular su uso irracional.
Así, se adoptan los siguientes rangos de consumo para los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, en función de la altura sobre el nivel del mar:
· Ciudades y municipios con altitud promedio por encima de 2.000 metros sobre el nivel del mar – msnm (clima frío), se fijará en 11 metros cúbicos mensuales por suscriptor facturado; consumo complementario, mayor de 11 metros cúbicos y menor o igual a 22 metros cúbicos mensuales y el consumo suntuario, mayor a 22 metros cúbicos mensuales.
· Para las ciudades y municipios con altitud promedio entre 1.000 y 2.000 – msnm (clima templado), el consumo básico será 13 metros cúbicos mensuales; consumo complementario, mayor de 13 metros cúbicos y menor o igual a 26 metros cúbicos mensuales y consumo suntuario, mayor a 26 metros cúbicos mensuales.
· En cuanto a las que tienen altitud promedio por debajo de 1.000 – msnm (clima cálido): consumo básico, 16 metros cúbicos mensuales; consumo complementario, mayor de 16 metros cúbicos y menor o igual a 32 metros cúbicos mensuales y consumo suntuario, mayor a 32 metros cúbicos mensuales.
Además, para alcanzar los rangos de consumo básico señalados se implementará un periodo de dos años, en función de la altura sobre el nivel del mar de las ciudades y municipios.
Consumo básico (m3/suscriptor/mes) | |||||
1° de mayo de 2016 | 1° de enero de 2017 | 1° de julio de 2017 | 1° de enero de 2018 | ||
Ciudades y municipios con altitud promedio por encima de 2000 msnm | 17 | 15 | 13 | 11 | |
Ciudades y municipios con altitud promedio entre 1000 y 2000 msnm | 18 | 16 | 14 | 13 | |
Ciudades y municipios con altitud promedio por debajo de 1000 msnm | 19 | 18 | 17 | 16 |
De esta manera, a partir del 1º de enero del 2018 se llegará a los valores definitivos del consumo básico en el país.
(Comisión de Regulación de Agua Potable, Resolución 750, Feb. 8/16)
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