12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General

General


Precisan en qué momento surge la obligación de pago del impuesto al consumo de licores

28 de Diciembre de 2015

Reproducir
Nota:
16250
Imagen
medi151202cerveza-1509242438.jpg

 

 

La Sección Cuarta del Consejo de Estado reiteró que el hecho concreto que permite verificar el momento en que surge la obligación no es el consumo en sí mismo, sino la entrega del producto en fábrica o en planta con miras al consumo.

 

En ese sentido, agregó, no es necesario que se consuman efectivamente los productos, puesto que no se requiere que se consolide la distribución, venta, permuta, publicidad, promoción, donación, comisión o autoconsumo para que surja la obligación tributaria. Por eso, se ha considerado que cuando no es posible establecer el momento de la entrega, la tornaguía es un parámetro válido para determinar la causación del impuesto al consumo de licores y la participación, puesto que es el documento que autoriza y controla la entrada, salida y movilización de productos gravados, sin el cual esas mercancías no pueden ser retiradas de fábrica o planta .

 

Lo anterior, de conformidad con el artículo 52 la Ley 788 del 2002, que regula el régimen del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, y el de la participación. La disposición ordena a los productores facturar, liquidar y recaudar tanto la participación como el impuesto al consumo al momento de la entrega en fábrica de los productos despachados a otros departamentos (C.P. Jorge Octavio Ramírez).

 

Información relacionada: Estos son los valores absolutos para la aplicación del impuesto sobre vehículos del 2016

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)