General
Ordenan al Ejército no invitar a comunidad Nasa a integrar sus filas
28 de Abril de 2015
Las transmisiones de una emisora itinerante operada por el Ejército en la zona donde habita la comunidad indígena Nasa, en las cuales la invita a incorporarse a sus filas, desconocen el pensamiento de ese grupo étnico, que se ha autodefinido como no combatiente, advirtió la Corte Constitucional.
Además de apartarse de la postura pacífica de resistencia en la que formalmente se ha inscrito dicho pueblo, para la Sala, estos anuncios contravienen la exención del servicio militar obligatorio que cobija a los indígenas, prevista en el artículo 27, literal b), de la Ley 48 de 1993.
Por otra parte, en atención a los principios de distinción y precaución, que buscan evitar que se confunda a los no combatientes con alguno de los actores del conflicto, la Sala sostuvo que la emisora Colombia Estéreo, operada por las Fuerzas Militares, se debe abstener de hacer mención explícita a las personas que habitan los resguardos de San Francisco, Toribío y Tacueyó o su periferia.
El fallo sostiene que el funcionamiento de estas estaciones no requiere consulta previa y que la inclusión en sus transmisiones de contenidos artísticos distintos a los propios de las culturas de estos pueblos no riñe con el deber de preservarlas.
Igualmente, encontró razones constitucionales que impiden ordenarle al Ejército el retiro del aire de su emisora, pues su funcionamiento pretende, entre otros fines, acatar mandatos de la Constitución de 1991, que, inclusive, buscan beneficiar a la comunidad demandante.
Entre los principios que enmarcan el servicio de radiodifusión, agregó, está fortalecer la democracia y asegurar el respeto al pluralismo político, ideológico, religioso, étnico, social y cultural.
“En relación con las emisoras del Ejército Nacional, estas tienen a su cargo la difusión de contenidos que contribuyan a la defensa de la soberanía de las instituciones democráticas y asegurar la convivencia pacífica, por lo tanto, retirar del lugar a la emisora no acaba el conflicto pues, en la actualidad, los guerrilleros y los narcotraficantes continúan ejerciendo control en algunos lugares, al punto que han involucrado en su accionar a miembros indígenas”, indicó el alto tribunal.
(Corte Constitucional, Sentencia T-795, nov. 12/14, M. P. Gabriel Eduardo Mendoza)
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