Minsalud emite instrucciones para promover la salud mental durante la emergencia
30 de Abril de 2020
El Gobierno Nacional ha adoptado diferentes medidas de salud pública relacionadas con la emergencia sanitaria, como son el aislamiento social y el distanciamiento físico, las cuales pueden generar en la población el desarrollo de diferentes reacciones emocionales y conductuales, tales como carga de salud mental para los trabajadores de salud, secuelas en salud mental entre quienes sobreviven a la infección por coronavirus (covid-19), contagio conductual y epidemiologia emocional.
Estas últimas están relacionadas con el temor a enfermarse o morir, sensación de impotencia por no poder proteger a los seres queridos, temor a acercarse a servicios de salud, desesperanza, aburrimiento, soledad, miedo a perder dinero u objetos materiales, a no poder trabajar durante el aislamiento o a ser socialmente excluido, insomnio, ansiedad y angustia por incertidumbre e irritabilidad, entre otros, lo cual puede favorecer comportamientos de riesgo como uso de licor, tabaco u otras sustancias sicoactivas, aislamiento, conflictos familiares e, incluso, violencia.
Por esta razón, el Ministerio de Salud, a través de la Circular Externa 26, del 22 de abril, fijó algunas estrategias que se mantendrán aún después de la emergencia sanitaria, para la promoción de la convivencia y el cuidado de la salud mental, como comunicación diferenciada por tipo de público, líneas telefónicas y plataformas de apoyo emocional, soporte y cuidado emocional al talento humano en salud, apoyo sicosocial (virtual o telefónico) por profesionales de salud mental, activación de servicios de urgencia y emergencias, entre otros.
En desarrollo de lo anterior, estableció una serie de instrucciones tanto a gobernadores y alcaldes como a secretarías de salud, EPS, planes adicionales de salud, ARL, entidades adaptadas de salud y aquellas de regímenes especiales y de excepción. Estas son algunas:
i. Las EPS deben entregar a sus afiliados información, recomendaciones y herramientas comunicacionales emitidas por el Ministerio de Salud, como fuente oficial, en relación con el comportamiento del brote, características, mitos y realidades, identificación de personas con mayor riesgo y, sobre todo, prácticas para la prevención del contagio, con el propósito de reducir el estrés.
ii. Entregar a los afiliados recomendaciones sobre promoción de estilos de vida saludable y convivencia en situaciones de aislamiento preventivo, incluyendo información que permita reconocer y manejar las reacciones normales al estrés en la persona y en las de su entorno.
iii. Ofrecer información clara, veraz y suficiente de una manera amigable, humanizada y respetuosa, en términos sencillos, que faciliten la comprensión de los mensajes clave por parte de todos los usuarios, teniendo en cuenta el curso de vida y entornos, así como ajustes para personas en situación de discapacidad y comunidades étnicas.
iv. Aplicar, según corresponda, guías de práctica clínica para los trastornos mentales, neurológicos y por uso de sustancias a personas con riesgos específicos en salud mental como conducta suicida, trastornos mentales y que requieren tratamientos continuos, procurando garantizar el acceso a medicamentos y facilitando su adherencia y seguimiento.
v. Ofrecer entrenamiento al talento humano en salud, administrativo, de seguridad y otros, en primeros auxilios psicológicos, estrategias para el manejo del estrés y otros relacionados con el cuidado de la salud mental.
vi. Mantener al personal de salud, incluido aquel que labora en áreas administrativas, protegido contra los efectos del estrés crónico, como una prioridad, pues esto implicará que tengan mayor posibilidad de cumplir con sus responsabilidades.
Acciones específicas de las secretarías de salud:
i. Caracterizar la situación actual de salud de las personas con riesgos individuales y colectivos en salud mental derivados del impacto de estrés ocasionado por el coronavirus (covi-19) en el territorio nacional.
ii. Implementar estrategias territoriales de información, educación, comunicación y de socialización para los diferentes actores del sector salud, así como para instituciones de otros sectores y organizaciones comunitarias y de la sociedad civil.
iii. Gestionar, establecer e implementar acuerdos y mecanismos de intervención y canalización a los servicios de salud mental de manera prioritaria, así como derivación a la oferta de otros sectores.
iv. Gestionar, fortalecer y poner en conocimiento de la población las líneas telefónicas de orientación en salud mental de los territorios, las cuales deben incluir lineamientos técnicos específicos para el abordaje del impacto del estrés y un seguimiento activo a las personas contagiadas, las que conviven con estas y familiares.
v. Promover la capacitación del talento humano y de líderes comunitarios en primera ayuda sicológica.
vi. Brindar asistencia técnica a prestadores de salud para implementar modalidades de atención extramural como unidades móviles, atención domiciliaria y telemedicina, en cualquiera de sus categorías, que permitan mejorar el acceso a servicios de atención en salud mental. El personal que realice dicha asistencia deberá contar con elementos de protección personal tales como tapabocas, guantes y gafas.
vii. Gestionar de manera intersectorial la atención integral e inclusión social tanto educativa como laboral, cultural, deportiva, vivienda y transporte para las personas que presentaron alguna alteración o trastorno en salud mental generado a causa de la pandemia.
Minsalud, Circ. Ext. 26, abril 22/20.
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