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Minrelaciones Exteriores explica disputa limítrofe con Nicaragua
14 de Noviembre de 2012
A pocos días de conocerse el fallo definitivo en la demanda que interpuso Nicaragua contra Colombia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) por la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó un documento en el que detalla los avances del proceso, sus causas y antecedentes.
Entre otros temas, la entidad explica las pretensiones de Nicaragua, las posiciones de las partes después del fallo del 2007, la competencia de la CIJ para resolver la disputa, el estado actual del litigio y el desarrollo de las audiencias.
¿Qué es la CIJ?
Es el órgano judicial y uno de los seis órganos principales de las Naciones Unidas. Tiene a su cargo la solución de las controversias jurídicas que le sean sometidas por los Estados que hayan aceptado su competencia.
¿Cuándo demandó Nicaragua a Colombia ante la CIJ?
El 6 de diciembre del 2001, Nicaragua presentó una demanda en la que reclama la soberanía sobre el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y solicita establecer el límite marítimo entre ambos países, mediante una línea media trazada entre las costas continentales.
¿Cuáles son los antecedentes del caso?
El archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina forma parte de Colombia desde el inicio de su vida como nación independiente. En 1913, Nicaragua pretendió, por primera vez, reclamar derechos sobre el archipiélago. Anteriormente, había reclamado la costa Mosquitia y las islas Mangles. Esta disputa fue resuelta, después de 15 años de negociaciones, mediante el Tratado Esguerra-Bárcenas del 24 de marzo de 1928 y su Acta de Canje de Instrumentos de Ratificación de 1930.
¿Cuáles fueron las pretensiones iníciales de Nicaragua?
Nicaragua reclama la soberanía sobre las islas de Providencia, San Andrés y Santa Catalina y todas las islas y cayos que les corresponden, así como sobre los cayos de Roncador, Serrana, Serranilla, Bajo Nuevo, Quitasueño, Alburquerque y del Este-Sureste, es decir, sobre todo el archipiélago. A su juicio, el tratado Esguerra-Bárcenas de 1928 carece de validez legal y no puede constituir la base para los títulos de Colombia. Además, afirma que, en cualquier caso, el Tratado Esguerra-Bárcenas no fue un tratado de delimitación y rechaza que el meridiano 82° W sea el límite marítimo entre los dos países.
¿Cuáles fueron las pretensiones finales de las partes?
Nicaragua solicitó que se declare su soberanía sobre todas las formaciones marítimas de su costa Caribe que no se pruebe que son parte del archipiélago, en particular sobre los cayos Albuquerque, del Este-Sureste, Roncador, Serrana, Serranilla y Bajo Nuevo. Si la Corte encuentra que las formaciones de Quitasueño califican como islas bajo el Derecho Internacional, solicita que se declare su soberanía sobre estas.
¿Cuál es el estado actual del proceso?
Terminadas las fases escrita y oral, la CIJ entró a deliberar para expedir sentencia. Aunque no existen plazos estatutarios ni reglamentarios, esta se proferiría el próximo 19 de noviembre.
Para mayor información consulte: http://www.ramajudicial.gov.co/csj/downloads/UserFiles/File/ALTAS%20CORTES/CONSEJO%20SUPERIOR/CENDOJ/noticias/Abec%C3%A9%20Nicaragua%20Colombia%20CIJ.pdf
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