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19 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 28 minutos | ISSN: 2805-6396

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Exenciones de pago de derechos notariales y registrales serían inconstitucionales

19 de Julio de 2018

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La Corte Constitucional admitió una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 1°, 2° y 3° de la Ley 1848 del 2017, por medio de la cual se expiden normas en materia de formalización, titulación y reconocimiento de las edificaciones de los asentamientos humanos, de predios urbanos y se dictan otras disposiciones.

 

En efecto, las normas acusadas regulan todo lo relacionado con la exención para el pago de derechos notariales y registrales, así como el registro de actos administrativos y sentencias.

 

A juicio del accionante, las disposiciones son inconstitucionales, pues vulneran la reserva de iniciativa legal dispuesta por el inciso 2° del artículo 154 de la Constitución, ya que “las leyes que introduzcan exenciones de impuestos, contribuciones o tasas solo podrán tener origen en una iniciativa presentada al Congreso de la República por el Gobierno Nacional”.

 

Además, explica, al Legislativo le está vedado afectar las rentas territoriales por la vía de conceder las referidas exenciones o beneficios sobre los tributos de titularidad de aquellas. (Lea: Corte Constitucional exime a iglesia cristiana de pago de la sobretasa ambiental)

 

Es decir, la prohibición implica un límite material a su facultad impositiva, el cual propende por el aseguramiento el ejercicio real de la autonomía por parte de los entes territoriales.

 

Así las cosas, solicita a la alta corporación expulsar del ordenamiento jurídico esta normativa (demandante: Néstor Iván Osuna Patiño).

 

Corte Constitucional, Demanda  D-12759, Jun. 18/2018

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