General
Esta semana elegirían presidente y vicepresidente de la Corte Constitucional
01 de Febrero de 2016
La Sala Plena de la Corte Constitucional empezará esta semana las votaciones para elegir al presidente y vicepresidente de la alta corporación, quienes tendrán a cargo la dirección administrativa de la jurisdicción más importante del poder judicial de Colombia. (Lea: Estos son los presidentes de las altas cortes para el 2016)
El miércoles 3 de febrero, desde las 9:15 a. m., se iniciarán las elecciones para conocer el nombre de los sucesores de la magistrada María Victoria Calle y el magistrado Luis Guillermo Guerrero, presidenta (e) y vicepresidente (e), respectivamente.
Vale la pena recordar que la magistrada María Victoria Calle asumió la presidencia de la alta corporación en encargo por el escándalo que suscitaron una serie de denuncias realizadas en contra del magistrado Jorge Ignacio Pretelt (Lea: ¿Qué ocurrirá con el caso Pretelt en el Senado?).
Acciones de inconstitucionalidad
Así mismo, el alto tribunal debatirá la ponencia del magistrado Alejandro Linares Castillo sobre el expediente D-10890, en el que se acusan los artículos 14, 15, 16, 17, 18 y 20 del Acto Legislativo 02 del 2015, en los cuales se estableció una nueva competencia de la alta corporación constitucional para dirimir conflictos entre jurisdicciones
Por otro lado, se revisará la Ley 1747 del 2014, en la que se aprobó el Acuerdo de libre comercio entre Colombia y Corea, firmado en Seúl en febrero del 2013. El expediente tendrá la ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz.
Igualmente, se analizará la D-10875, al ser acusado el artículo 112A de la Ley 65 de 1993, Adicionado por el art. 74 de la Ley 1702 del 2014, en los que se reglamenta la visita de niños y adolescentes en centros penitenciarios.
En esta misma línea, serán objeto de ponderación constitucional algunas disposiciones de las leyes 1450 del 2011 Y 1753 del 2015, que establecen el plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 y 2014-2018, respectivamente.
Finalmente, entre otros temas, se debatirá el artículo 32.2 del Estatuto Tributario; el artículo 27, parcial, del Código Civil; el inciso cuarto del artículo 140 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y algunos literales del artículo 13 de la Ley 797 del 2003, que regula la pensión de sobrevivientes a favor de los hijos menores de 25 años y de los hermanos en situación de discapacidad que dependían económicamente del causante.
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta