Empieza reglamentación de la Ley de Reclutamiento
12 de Junio de 2018
A través del Decreto 977 del pasado 7 de junio, el Gobierno modificó parcialmente el Decreto 1070 del 2015 en lo relacionado con la reglamentación del servicio de reclutamiento, control de reservas y movilización (Ley de Reclutamiento - Ley 1861 del 2017).
De esta manera, se definieron las funciones inherentes al servicio de reclutamiento; se ocupa del servicio militar voluntario para mujeres; causales de exoneración; remplazo de personal; definición de servicio ambiental y liquidación de la cuota de compensación militar, entre otros aspectos.
Prevé, por ejemplo, que será el Presidente de la República o su delegado quien podrá prorrogar el servicio militar hasta por tres meses para atender comicios electorales, según lo previsto en el parágrafo 1º del artículo 14 de la Ley 1861.
En cuanto a la formación laboral productiva, el Ministerio de Defensa y el Sena determinarán los tipos de formación a los que podrá acceder el conscripto incorporado para la prestación del servicio militar, teniendo como prioridad los que apliquen a la misión de cada institución.
Mindefensa, Decreto 977, Jun. 07/18
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta