14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General

General


Decisiones judiciales pendientes para el 2016

31 de Diciembre de 2015

Reproducir
Nota:
16223
Imagen
medi1412068palacio20de20justicia20ma-1509242431.jpg

 

Varios casos importantes para el país quedaron pendientes de resolución este año. Ámbito Jurídico presenta a sus lectores una reseña de los más importantes.

 

Consejo de Gobierno Judicial y fin del Consejo Superior de la Judicatura

 

El Consejo de Estado suspendió la elección de los tres miembros permanentes del Consejo de Gobierno Judicial y de la representante de los jueces y magistrados ante esta instancia, lo que no ha permitido conformar el órgano definidor de políticas para la Rama Judicial. 

 

Esta situación retrasa la supresión del Consejo Superior de la Judicatura, según lo dispuesto en la reforma constitucional de Equilibrio de Poderes, y congela la elección del Gerente de la Rama Judicial.

 

Lo que se decida sobre estas demandas de nulidad necesariamente afectará el futuro funcionamiento del sistema judicial.

 

Reforma a la justicia

 

La Sala Plena de la Corte Constitucional estudiará las demandas de inconstitucionalidad contra los artículos 14 al 19 del Acto Legislativo 02 del 2015, que modificaron los organismos de administración de la Rama Judicial, incluida la supresión del Consejo Superior de la Judicatura (Lea también ¿Qué impacto tuvo la reforma de equilibrio de poderes sobre la autonomía judicial en Colombia).

 

De acuerdo con las demandas, la reforma constitucional vulnera la independencia y autonomía de la Rama Judicial y contraría la voluntad del constituyente primario de 1991. Para los actores, con la reforma el Congreso sustituyó el Estado democrático, la soberanía popular y la supremacía de la Constitución.

 

Así mismo, hay que destacar que el fiscal Eduardo Montealegre radicó otra demanda contra el acto legislativo mencionado, dirigida específicamente contra el componente judicial de la reforma. Se atacaron los artículos que modificaron el sistema de gobierno y administración del poder judicial y el régimen disciplinario de los empleados de la Rama Judicial.

 

La demanda del ente investigador argumenta que el Congreso no respetó el principio de unidad de materia, pues el acto legislativo trata temas inconexos; con estas modificaciones, relata, “no se afectó la forma en que el poder judicial se relaciona y equilibra con las demás ramas del poder público, tema central del acto”, concluye.

 

Fuero penal militar

 

El alto tribunal también deberá pronunciarse frente a la acción que se interpuso sobre un aparte del Acto Legislativo 01 del 2015, según el cual las conductas punibles de los miembros de la fuerza pública dentro de un conflicto armado serán investigadas y juzgadas según el derecho internacional humanitario (DIH).

 

Para los demandantes, la disposición impone a los jueces y fiscales, de forma exclusiva y excluyente, y con claro desconocimiento de la autonomía judicial, aplicar para el juzgamiento de militares y policías las normas y principios del DIH, lo cual implicaría la inaplicabilidad de derechos fundamentales.

 

Según lo expone el escrito, la reforma vulnera gravemente el principio constitucional de igualdad, pues establece un trato diferenciado a un grupo de servidores públicos que ostentan el monopolio de la coacción estatal (Lea: Esta es la demanda contra la reforma al fuero penal militar).

 

Caso Petro

 

En el Consejo de Estado se aplazó el estudio del fallo de la Procuraduría que destituyó e inhabilitó por 15 años al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro. El organismo de control le había formulado pliego de cargos por celebrar contratos con operadores de aseo sin tener en cuenta que no contaban con la experiencia y capacidad requerida.

 

Según la investigación de la Procuraduría, el burgomaestre habría violado el principio constitucional de libertad de empresa, al impedir que otros operadores, distintos a las entidades del Distrito Capital, prestaran en igualdad de condiciones el servicio público de aseo.

 

Vale la pena recordar que la sanción está suspendida, según decisión proyectada por la magistrada Sandra Lisset Ibarra (Lea también Consejo de Estado explica por qué Procuraduría no demostró que alcalde Petro actuó con dolo).

 

Reelección del procurador

 

En la Sala Plena del Consejo de Estado seguirá estudiándose la demanda contra la reelección del Procurador, Alejandro Ordóñez

 

En su momento, la posible salida de Ordóñez del Ministerio Público despertó un serio debate acerca de si su reelección se ajustó a la Constitución y la ley. Ámbito Jurídico recuerda el video informe en el que presentó los argumentos de las partes implicadas en el proceso: ¿Se ajustó a Derecho la reelección del Procurador?

 

Vale destacar que la ponencia a cargo del consejero Alberto Yepes, que pidió declarar nula la elección, pasará a un nuevo ponente, quien tendrá en el ámbito de su discrecionalidad la posibilidad de seguir con la ponencia o apartarse de ella.

 

Palacio de Justicia

 

De la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, se espera la decisión sobre el recurso de casación interpuesto en el caso del general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, condenado por el Tribunal Superior de Bogotá a 35 años de prisión por el delito de desaparición forzada agravada de cinco personas que salieron con vida del Palacio de Justicia, ocurrido los días 6 y 7 de noviembre de 1985.

 

El tribunal declaró la responsabilidad del uniformado como coautor mediato del delito de desaparición forzada, pues, en su calidad de comandante de la Brigada 13 del Ejército, tuvo conocimiento de que se impartieron directrices para la comisión de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, pero no adelantó ninguna acción para evitarlos (Lea también: General Arias Cabrales “decidió empañar el triunfo legítimo de las instituciones”: Tribunal Superior de Bogotá)

 

Vale mencionar que la misma corporación absolvió al coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega, acusado como autor mediato de un concurso homogéneo de delitos de desaparición forzada del que fueron víctimas Irma Franco Pineda y Carlos Augusto Rodríguez Vera, durante el holocausto. (Entrevista exclusiva,  Ángela María Buitrago: “El silencio y el miedo, las mayores dificultades en la investigación sobre el Palacio de Justicia”).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)