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26 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 13 horas | ISSN: 2805-6396

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Consulte las tarifas de los servicios notariales para este 2020

20 de Febrero de 2020

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La Superintendencia de Notariado y Registro dio a conocer las tarifas notariales que se aplicarán para este año, establecidas mediante la Resolución 1299 del 2020. El valor de dichos servicios tiene un incremento anual, que se calcula teniendo en cuenta el porcentaje del IPC del año anterior, reportado por el Dane, que fue de 3,8 %.

 

Estos valores rigen desde el pasado 17 de febrero y su implementación en el SIN se efectuará por la oficina de tecnologías de la información de la superintendencia. Se derogan las resoluciones 0691 y 1002 del 2019.

 

Estas son algunas de las tarifas definidas

 

Actuaciones notariales

 

  1. Actos sin cuantía o no determinable. Los actos que por su naturaleza carezcan de cuantía o cuando esta no se pudiere determinar causará la suma de $ 61.700. Para efectos del trámite notarial previsto en la Sentencia C-577 del 2011, proferida por la Corte Constitucional, se cobrará la tarifa de $ 61.700.

 

  1. Actos con cuantía. Aquellos cuya cuantía fuere igual o inferior a $ 176.800 costarán $ 21.000. A las sumas que excedan el valor antes señalado se les aplicará la tarifa única del 3x1.000.

 

  1. Liquidación de herencias y sociedades conyugales. El trámite de liquidación de herencias ante notario y el de la liquidación de la sociedad conyugal, cuya cuantía no exceda de 15 SMLMV, causará los derechos correspondientes a un acto sin cuantía. A las sumas que excedan el valor antes señalado se les aplicará la tarifa única del 3,5x1.000.

 

Certificaciones

 

Las certificaciones que expiden los notarios causarán los siguientes derechos:

 

  1. Las certificaciones relacionadas con actos o hechos que consten en instrumentos públicos o en documentos protocolizados, $ 2.900 por cada una.

 

  1. Las notas de referencia en la escritura pública afectada por nuevas declaraciones de voluntad, $ 1.800, salvo las correspondientes a las situaciones contempladas en los artículos 52, 53 y 54 del Decreto 960 de 1970.

 

Copias

 

Las copias auténticas que expida el notario sobre los instrumentos y demás documentos que reposen en el protocolo de la notaría causarán derechos por cada hoja utilizada por ambas caras por un valor de $ 3.800, este monto incluye el cobro de la fotocopia cuando se expidan por este sistema y el valor del papel de seguridad.

 

Las copias simples que expidan los notarios de los documentos que reposan en los respectivos protocolos causarán un valor que corresponda al valor de la fotocopia.

 

La impresión de certificados tomados de páginas web de diferentes entidades estatales causará derechos por la suma de $ 3.500.

 

Testimonio notarial

 

El testimonio escrito que corresponde rendir al notario, la presentación personal y el reconocimiento de documento privado, la autenticidad de firmas puestas en documentos previa confrontación de su correspondencia con la registrada en la notaría, la autenticidad de firmas y huellas dactilares puestas en su presencia y la autenticidad de fotografías de personas causará derechos a razón de $ 2.000 por cada firma o diligencia, según el caso.

 

Firma digital

 

La imposición de la firma digital causará derechos notariales por $ 7.100, el tránsito o transferencia cibernético causará igual tarifa, y si el documento consta de varios folios un valor adicional del 10 % por cada folio enviado (Ley 527 de 1999), independientemente del costo de la autenticación. El tránsito o transferencia cibernético con destino a la oficina de registro de instrumentos públicos o las secretarías de hacienda departamentales no causará derecho alguno.

 

Constancias en escrituras públicas

 

La constancia que se consigna en la matriz de las escrituras públicas por afectación a vivienda familiar, por imperativo legal o cuando esta obedezca a un acto involuntario de las partes, causará la suma de $ 7.000.

 

Capitulaciones matrimoniales

 

La escritura pública contentiva de capitulaciones matrimoniales tomará como base para efectos de liquidar los derechos notariales el valor de los bienes objeto de esta convención, que no podrá ser inferior del avalúo catastral.

 

Matrimonio civil

 

La celebración del matrimonio civil en la sede de la notaría, incluida la extensión, otorgamiento y autorización de la correspondiente escritura pública, causará la suma de $ 44.200. Si el matrimonio se celebra por fuera del despacho notarial, los derechos respectivos serán de $ 119.200.


Supernotariado, Resolución 1299, Feb. 11/20.

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