General
Consejo de Estado expide fallos contradictorios sobre eliminación del incentivo
25 de Febrero de 2011
Dos sentencias consecutivas y contradictorias del Consejo de Estado, del pasado mes de enero, revelan un debate que era previsible, a raíz de la prohibición del pago del incentivo en las acciones populares.
La Ley 1425 del 2010, que eliminó el incentivo, entró en vigencia en los últimos días del año pasado. Y ya en enero de este año, el Consejo tuvo que resolver dos acciones populares, en las que debía decidir si aplicaba, de forma inmediata, esta prohibición.
Mientras que la Sección Primera, en sentencia del 20 de enero, ordenó su pago, la Sección Tercera, en providencia del 24 de enero, lo negó. Como se observa, dos sentencias consecutivas y contradictorias.
Además, el fallo de la Sección Tercera explicó las razones por las cuales en las acciones populares en trámite no se pagaría la “recompensa” al demandante. En su criterio, el incentivo era una mera expectativa jurídica para el actor popular y no un derecho, de tal forma que su no pago se podía aplicar de forma inmediata para todas las acciones, incluso para las que están en trámite.
Por su parte, la decisión de la Sección Primera omitió argumentar por qué reconocía su pago.
Esperando la unificación
Cuando se presenta esta clase de contradicciones entre las secciones de la corporación, lo normal es que la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo defina qué postura acoge.
El presidente del Consejo de Estado, Mauricio Fajardo, señaló que este tipo de decisiones son normales en las corporaciones que están divididas en secciones, pues cada una tiene criterios jurídicos autónomos.
Sin embargo, Fajardo anunció que la Sección Tercera ya eligió para revisión algunas acciones populares en las que se discute el tema del pago del incentivo, con el fin de que la Sala Plena adopte una jurisprudencia unificada sobre el tema y se supere la diferencia de criterios que persiste actualmente en la corporación.
Mientras tanto, este tipo de posturas enfrentadas puede producir el mismo efecto en toda la justicia administrativa: habrá jueces a favor del pago del incentivo y otros en contra.
Frente a este fenómeno, el reconocido jurista Ramiro Bejarano manifestó compartir, totalmente, la tesis de la Sección Tercera: el incentivo desapareció para todas las acciones. Además, cuestionó la ligereza de la Sección Primera, al omitir referirse a la nueva Ley 1425.
Solo queda esperar la sentencia de unificación del Consejo, con el fin de que se supere este traspié jurisprudencial.
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