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23 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 5 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Consejo de Estado asegura que no se ha cumplido el fallo internacional sobre la masacre de Santo Domingo

12 de Octubre de 2018

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El Consejo de Estado resolvió una tutela presentada por dos mujeres víctimas indirectas de la masacre de Santo Domingo, a quienes el Estado colombiano no les ha garantizado un mecanismo que permita establecer si tienen derecho a ser beneficiarias de indemnizaciones y compensaciones por concepto de daños materiales e inmateriales.

 

La sentencia concluye que la orden de la sentencia dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 30 de noviembre de 2012 no se ha cumplido a cabalidad, para lo cual precisó que el mecanismo consagrado en la Ley 288 de 1996 es idóneo para tal fin. (Lea: Corte reitera obligación del Estado de cumplir órdenes emitidas por la Corte IDH en caso Santo Domingo)

 

Particularmente, el Estado colombiano ha incumplido con su deber de otorgar y ejecutar las indemnizaciones y compensaciones pertinentes por concepto de daños materiales e inmateriales a favor de las víctimas heridas y de los familiares de víctimas que no fueron reparadas por la jurisdicción contencioso administrativa a nivel interno.

 

Vale la pena mencionar que los hechos que motivaron esta providencia internacional tuvieron lugar el 13 de diciembre de 1998, cuando la tripulación de un helicóptero de la Fuerza Aérea Colombiana lanzó un artefacto explosivo compuesto por seis bombas de fragmentación sobre la vereda de Santo Domingo, jurisdicción del municipio de Tame (Arauca), la cual causó la muerte de 17 civiles, entre ellos 6 niños y 27 personas heridas.

 

Frente a los hechos, la corporación dispuso amparar el derecho fundamental al debido proceso de las accionantes y le ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores para que convoque a los ministros del Interior, de Justicia y de Defensa Nacional, a fin de que conformen el Comité previsto en el artículo 2 de la Ley 288 de 1996. (Lea: Descargue el fallo que declara la responsabilidad de Colombia por muerte de defensora de la Comuna 13)

 

También le ordenó, entre otras cosas, a los ministerios de Defensa Nacional y Relaciones Exteriores que, una vez conformado el comité de ministros, active el mecanismo con el fin de otorgar, en el evento que las actoras tengan derecho, las indemnizaciones y compensaciones pertinentes (C. P. Stella Jeannette Carvajal).

 

Consejo de Estado, Sección Cuarta, Sentencia 81001233900020170009001, Sep. 20/18.

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