Código de Policía no derogó facultades de las secretarías de salud en materia sanitaria
04 de Septiembre de 2018
Las facultades de las secretarías de salud en materia de inspección, vigilancia y control en los diferentes temas de su competencia no han sido derogadas ni sufrieron modificaciones con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley 1801 del 2016 (Código de Policía), precisó el Ministerio de Salud.
Aunque existen conductas sobre las que se tiene competencia concurrente entre las autoridades de policía y las de salud, ambas sancionan el comportamiento, pero sobre fundamentos distintos.
Las primeras protegen la convivencia y tranquilidad ciudadana y las otras sancionan el incumplimiento de las distintas regulaciones en materia sanitaria, como sería el manejo de las carnes.
En el caso bajo análisis, tratándose de un municipio categoría 6, las actividades de inspección, vigilancia y control del transporte, almacenamiento y expendio de carnes y productos cárnicos para el consumo humano están únicamente en cabeza de la entidad territorial departamental.
El trabajo con otras entidades, como sería el caso de los hospitales municipales, se deriva de la suscripción de convenios que, a su vez, establezcan obligaciones relacionadas.
Minsalud, Concepto 201811400952951, Ago. 10/18.
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