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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Acuerdan implementación de oralidad en ocho distritos judiciales

02 de Enero de 2014

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Nota:
22155

De acuerdo con la implementación gradual de la oralidad que promueven la Ley 1395 del 2010 y el Código General del Proceso (CGP), la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura dispuso la entrada en vigencia de este tipo de sistema para ocho despachos judiciales del país, entre enero y abril del 2014.

 

Así las cosas, a partir del 13 de enero, entrará a regir la oralidad en dichos procesos judiciales que se adelanten en Arauca (Arauca), Barranquilla (Atlántico) y Cali (Valle).

 

De igual manera, desde el 30 de abril, entrará en vigor en Cúcuta (Norte de Santander), Medellín (Antioquia), Pamplona (Norte de Santander), Santa Rosa de Viterbo (Boyacá) y Tunja (Boyacá).

 

El acuerdo se da en cumplimiento del artículo 627 del CGP, que faculta al Consejo Superior de la Judicatura para disponer la entrada en vigencia de tales normas de manera gradual, hasta tres años después del 10 de enero del 2014, de acuerdo con la capacidad técnica, de personal e infraestructura de cada distrito judicial.

 

Vale la pena recordar que, en septiembre pasado, la corporación  dio a conocer  los nuevos ajustes en su plan de inversión en tecnología para el año 2013, con inversiones futuras cercanas a los 22.400 millones de pesos. Los recursos para financiarlo, que provinieron de la actual vigencia fiscal, superaron los 37.280 millones de pesos. Estos dineros, señaló, fueron utilizados para la modernización del parque tecnológico de infraestructura de hardware y software.


Por otro lado, la corporación adoptó un sistema de gestión electrónica para despachos comisorios en Bogotá, que busca facilitar la incorporación de información y consulta en un sistema de datos, a cargo de la Unidad de Informática de la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial.

 

Para tal fin, entre el 13 y el 17 de enero, esta última capacitará a personal del Centro de Servicios Administrativos de Juzgados Civiles y Familia que tengan a su haber actividades de gestión de reparto y devolución del despacho comisorio.

 

Entre las responsabilidades de la unidad, que administrará esta plataforma, se cuenta el proponer proyectos de inversión para mejorar su funcionalidad e implementar las siguientes fases del modelo de gestión.

 

(Consejo Superior de la Judicatura, Acuerdo PSAA1310071, PSAA1310070, 12/27/2013)

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