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Soldados retirados pueden convocar a junta médico laboral militar, si las lesiones que sufrieron se produjeron durante el servicio (4:37 p.m.)

28 de Octubre de 2011

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Nota:
76597
Cuando un soldado sufre un accidente común o de trabajo, o una enfermedad durante la prestación del servicio militar, puede acudir a la Dirección de Sanidad del Ejército Nacional para reclamar la prestación de los servicios de prevención, protección y rehabilitación o la atención médica, quirúrgica, de servicios hospitalarios, odontológicos o farmacéuticos necesarios para su recuperación. Por esta razón, el Consejo de Estado reiteró que los soldados retirados pueden convocar a una junta médico laboral militar, si las lesiones que sufrieron se produjeron cuando prestaba el servicio. El alto tribunal justificó esta protección en la obligación que tiene el Ejército de satisfacer las necesidades básicas de salud de los soldados que padecieron lesiones mientras ejercían la actividad militar o con ocasión de la misma (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).

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