Servidores públicos salientes deben entregar el acta de informe de gestión a quienes los sustituyen (8:58 a.m.)
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28 de Abril de 2010
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De acuerdo con lo previsto en la Ley 951 del 2005, por la cual se crea el acta de informe de gestión, y la Resolución Orgánica 5674 del mismo año, corresponde a los servidores públicos que dejan su cargo entregar un informe de gestión dirigido a quienes los sustituyen, a la oficina de control interno de la entidad y a la Contraloría General de la República. En caso de no presentar dicha información, el funcionario será requerido para que la entregue en 15 días, de no hacerlo será acreedor a las consecuencias de un proceso administrativo sancionatorio fiscal.
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