Reglamentan beneficios contemplados en la Ley del Veterano
Redacción legis
13 de Octubre de 2020
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Según el Decreto 1345 del 2020, tendrán derecho a los beneficios consagrados en la Ley 1979 del 2019 los miembros de la fuerza pública con asignación de retiro que tengan una disminución de la capacidad sicofísica superior al 50 % únicamente por hechos o actos ocurridos por causa y razón del mismo o por acción directa del enemigo o en combate, previa acreditación acorde a lo dispuesto en la ley y el Decreto 2092 del 2015 o la normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan. Con el Decreto 1346 del 2020 se ordena elaborar y proporcionar un banner, pop-up o pieza digital con el material audiovisual alusivo a la importancia de los veteranos de la fuerza pública, para ser puesto a disposición, a través de la página web de Mindefensa, a los canales públicos y privados de televisión, emisoras de radio públicas y privadas y medios impresos y digitales, conforme a lo establecido en la Ley 1979 del 2019.
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