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Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Procuraduría recuerda restricciones de la Ley de Garantías y pide eficiencia en la contratación (11:47 a.m.)

09 de Septiembre de 2013

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Nota:
91175
El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, dirigió una circular a los representantes legales y organizadores del gasto de las entidades públicas en la que recuerda las limitaciones en materia de gestión contractual en víspera de elecciones. Por ejemplo, en caso de que el Presidente y Vicepresidente de la República aspiren a la reelección, la restricción opera desde los seis meses anteriores a la realización de la primera vuelta y se mantiene hasta la fecha de la segunda vuelta, si se da. Así lo indica el artículo 9º de la Ley 996 del 2005, que además obliga a los representantes del poder Ejecutivo a dejar constancia de sus pretensiones electorales por escrito y públicamente, en los plazos indicados. El Ministerio Público recordó que la misma norma, en su artículo 33, establece que durante los cuatro meses previos a la contienda y hasta la segunda vuelta ningún funcionario estatal podrá adelantar procesos de contratación directa, salvo que se originen por motivos de defensa y seguridad o por calamidades que deriven en emergencias educativas, sanitarias y desastres, en cuyo caso se activa la posibilidad de contratar directamente obras de infraestructura reconstructiva, que también podrán ser ordenadas cuando se produzcan atentados terroristas. La circular también recuerda que el artículo 38 prohíbe a alcaldes, gobernadores, secretarios, gerentes y directores de entidades descentralizadas celebrar convenios interadministrativos o disponer el uso de recursos a su cargo cuatro meses antes de las elecciones; tampoco pueden inaugurar obras, ni dar inicio a programas sociales en eventos en los que participen candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia o el Congreso, restricción que también opera para elecciones regionales. Durante este plazo, dice la Procuraduría, las nóminas de las entidades a su cargo deben permanecer inalteradas, salvo faltas definitivas en los cargos por renuncia irrevocable, muerte o aplicación de normas de carrera. El procurador recomendó atender las restricciones y tener en cuenta las modalidades de contratación directa que la Ley 1150 del 2007 exceptúa de las disposiciones aquí referidas.

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