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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Presidente de la República tiene potestad reglamentaria en materia presupuestal (11:06 a.m.)

05 de Diciembre de 2014

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Nota:
98933
La Sección Primera del Consejo de Estado negó la nulidad de gran parte del articulado del Decreto 4730 del 2005, por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto. Según el alto tribunal, el Presidente de la República sí puede ejercer la potestad reglamentaria en materia de leyes orgánicas, porque, al igual que ocurre con las ordinarias, aquellas no necesariamente agotan toda la materia, en este caso presupuestal, es decir, su viabilidad requiere reglamentos. En todo caso, el ejercicio de la potestad reglamentaria es permanente e intemporal y no requiere habilitación distinta que la conferida por la Carta Política, advirtió la corporación (M. P. María Elizabeth García).

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