No se puede declarar la nulidad del contrato de concesión con base en la ilegalidad de actos administrativos reglamentarios (2:47 p.m.)
30 de Agosto de 2012
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Nota:
82729
No se puede declarar la nulidad de contrato de concesión con base en la ilegalidad de actos administrativos reglamentarios, que, aunque se relacionan con el aprovechamiento del espacio público, no son actos precontractuales o contractuales. Así lo advirtió el Consejo de Estado, al señalar que la fuente de la competencia administrativa para regular las condiciones de prestación de los servicios públicos o explotación de los bienes concesionados es legal o reglamentaria y no contractual. De esa manera, los actos generales deben ser demandados mediante la acción de simple nulidad y no por la de controversias contractuales, recordó (C.P. Mauricio Fajardo).
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