14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 9 hours | ISSN: 2805-6396

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Niegan suspensión provisional en normativa que fija competencia del Ministerio de Agricultura para asumir temporalmente contribuciones parafiscales (10:52 a.m.)

12 de Agosto de 2016

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Nota:
124184
Un auto de ponente de la Sección Primera del Consejo de Estado negó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 2537 del 2015, en el cual se definieron las causales para asumir temporalmente la administración de las contribuciones parafiscales por parte del Ministerio de Agricultura y se fijó el procedimiento aplicable para la asunción temporal de la administración de dichas contribuciones. Según el concepto de la parte actora, el decreto enjuiciado trasgredió el principio de reserva legal, la Constitución  Política y la Ley 1437 del 2011, estimando que la regulación de los distintos aspectos del procedimiento administrativo, sea general o especial, le competen exclusivamente al legislador. Vale la pena decir que la accionante fue la Federación  Colombiana de Ganaderos. De acuerdo con todo lo anterior, el consejero Roberto Serrato resolvió, en esta etapa procesal,  que el acto acusado no consagra un procedimiento administrativo. “El despacho no evidencia que el acto acusado establezca las etapas que deben cumplirse para decidir un asunto de interés particular o concreto como lo es la asunción temporal de administración de las contribuciones parafiscales agropecuarias y pesqueras y, en esa medida, no se encuentra acreditada la violación del principio de reserva legal”, concluyó (C.P. Roberto Serrato).

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