General
Lo que tiene que saber sobre el curso concurso de formación para jueces y magistrados
29 de Junio de 2016
La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura publicó el Acuerdo PSAA16-10534, mediante el cual se establecen una serie de disposiciones que regirán el VII curso de formación judicial inicial para jueces y magistrados de la República en todas las especialidades, promoción 2016-2017. (Lea: Declaran nulidad de la sentencia que ordenó recalificar el concurso de jueces y magistrados)
Dicho acuerdo tiene la modalidad curso-concurso y comprende la fase II del concurso de méritos convocado mediante el Acuerdo PSAA13-9939 del 2013, que tiene como fin integrar el registro de elegibles para el sistema de carrera judicial.
Se debe tener en cuenta que, la semana pasada, el Consejo Superior publicó en su página web el cronograma bajo el cual se desarrollará la Convocatoria No. 22, la misma que fue suspendida por un fallo de tutela y que se reanudó por la decisión de la Corte Suprema de Justicia de anular la sentencia que había ordenado recalificar las pruebas de conocimiento de los participantes. Pero también hay que resaltar que entre el 15 y el 30 de junio de este mes se desarrollará el plazo para presentar las solicitudes de homologación del mencionado curso. (Lea: EXTRA: Tutela ordena recalificar las pruebas del más reciente concurso para jueces y magistrados
Al respecto, con fundamento en el artículo 160 de la Ley 270 de 1996, los aspirantes que superaron la fase I de la convocatoria PSAA13-9939, y que acrediten haber participado y aprobado un curso de formación judicial inicial anterior, podrán solicitar la exoneración del VII curso de formación judicial inicial, para ello deberán diligenciar el formulario de solicitud de exoneración en línea a través de la página web de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla. (Lea: Este jueves vence plazo para solicitar homologación del curso de formación judicial)
En este orden de ideas, las vacantes definitivas que se presenten en la Rama Judicial en los cargos de jueces y magistrados de la República para todas las jurisdicciones y especialidades serán las siguientes:
· Magistrado de Tribunal Administrativo
· Magistrado de Tribunal Superior - Sala Civil
· Magistrado de Tribunal Superior - Sala Penal
· Magistrado de Tribunal Superior - Sala de Familia
· Magistrado de Tribunal Superior - Sala Laboral
· Magistrado de Tribunal Superior - Sala Civil – Familia
· Magistrado de Tribunal Superior - Sala Civil – Familia – Laboral
· Magistrado de Tribunal Superior - Sala Única
· Magistrado de Sala Administrativa de Consejo Seccional de la Judicatura
· Magistrado de Sala Jurisdiccional Disciplinaria de Consejo Seccional de la Judicatura
· Juez Administrativo
· Juez Civil del Circuito
· Juez Penal del Circuito
· Juez de Familia
· Juez Laboral
· Juez Penal para Adolescentes
· Juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad
· Juez Penal del Circuito Especializado
· Juez Promiscuo del Circuito
· Juez Promiscuo de Familia
· Juez Civil Municipal y Pequeñas Causas
· Juez Laboral Municipal de Pequeñas Causas
· Juez Penal Municipal
· Juez Promiscuo Municipal
Estructura general del VII curso de formación judicial inicial para jueces y magistrados, promoción 2016-2017
El concurso de méritos está integrado por dos etapas, una prueba de conocimientos y el curso - concurso, que tienen el carácter eliminatorio y clasificatorio, y comprende ejes estructurales como los principios orientadores, el plan de estudios, las actividades virtuales y la duración, modalidad y sedes del curso de formación judicial inicial.
Proceso de ingreso
Pueden inscribirse los concursantes que superaron la prueba de conocimientos convocada mediante el Acuerdo 9939 del 25 de junio del 2013.
La Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla publicará en su página web (www.ejrlb.net) y en la página web de la Rama Judicial (www.ramajudicial.gov.co) el correspondiente aviso para que quienes, según información suministrada por la Unidad de Administración de Carrera Judicial, superaron dicha fase procedan a inscribirse por medio del aplicativo dispuesto, requisito obligatorio para continuar en el proceso.
Asistencia, inasistencias, excusas y justificaciones
Cada participante es responsable de hacer el registro de asistencia a las actividades presenciales ante la persona encargada de esta labor. El proceso de registro comenzará a las 7:45 a. m. y se extenderá, máximo, hasta las 8:15 a.m..
El orden para presentar la prueba de evaluación oral será alfabético; sin embargo, si los participantes lo solicitan, el formador- evaluador podrá variar este orden para dar prioridad a personas con alguna necesidad especial. Se debe tener presente que la asistencia al 100 % de las sesiones programadas es obligatoria. La inasistencia por causas justificadas por caso fortuito o fuerza mayor debidamente probada solo podrá ser igual al 20 %. La causa de la inasistencia deberá ser acreditada dentro de los cinco días siguientes.
Igualmente, la justificación de inasistencia o no participación en las actividades virtuales, con los respectivos soportes, deberá ser presentada a la Escuela Judicial mediante el aplicativo dispuesto para tal fin, dentro del término de cinco días hábiles siguientes a la realización de la actividad virtual o la mesa presencial.
Sistema de evaluación académica
El curso de formación judicial inicial tiene carácter eliminatorio y clasificatorio, por lo tanto, cada una de las actividades que se desarrollen deberán ser calificadas de conformidad con la tabla de equivalencias que se establezca.
En efecto, con la evaluación se pretende establecer el cumplimiento de los objetivos del curso a nivel individual en referencia con el grupo de participantes que aspiran a un mismo tipo de cargo y con base en parámetros objetivos, establecer un orden que permita conformar el registro de elegibles que privilegie el mérito y la escogencia de los mejores candidatos para ejercer la función judicial.
Los resultados y los puntajes correspondientes a la parte general y especializada del curso, una vez finalizada la respectiva etapa, se darán a conocer mediante resolución expedida por la Escuela Judicial, se notificará mediante fijación, durante cinco días, en la Sala Administrativa del Consejo Superior, en las salas administrativas de los consejos seccionales de la judicatura y en la página web de la Rama Judicial.
Hay que precisar que contra los resultados de las evaluaciones solo procederá el recurso de reposición, que deberá presentarse y sustentarse a través del aplicativo dispuesto para tal fin o de manera física ante la Escuela Judicial, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la desfijación de la respectiva resolución.
Materiales académicos
La escuela judicial dotará a los participantes, sin costo alguno, de los materiales académicos y ayudas didácticas necesarias para el desarrollo de las actividades programadas. En desarrollo de la política institucional de “cero papel” adoptada por la Sala, se procurará el suministro de materiales académicos, textos de aprendizaje y módulos temáticos en medio digital o virtual a través del campus y aula virtual dispuesto.
Aprobación del curso
Para aprobar el curso es indispensable pasar cada una de las fases previstas con un puntaje mínimo de 800 puntos, en una escala de 1 a 1.000, y es prerrequisito cada una de ellas para avanzar, de manera que solo los aspirantes que aprueben todas las fases y obtengan un puntaje final ponderado igual o superior a 800 puntos continuarán en el proceso de selección e integrarán el correspondiente registro nacional de elegibles.
Como se dijo anteriormente, la asistencia al 100 % de las sesiones programadas es obligatoria. La inasistencia por causas justificadas por caso fortuito o fuerza mayor debidamente probada solo podrá ser igual al 20 %.
Exclusión del curso de formación
Es justo mencionar que son causales de exclusión:
· La inobservancia del reglamento en los acuerdos mencionados y los que expedida la Sala Administrativa, en cuanto incida en el normal desarrollo del curso de formación.
· Sustraer o difundir documentos que sean soporte de evaluaciones de los componentes del curso de formación.
· Suplantar a un concursante o permitir ser suplantado en la presentación de una actividad académica presencial o virtual.
· Realizar plagio en el trabajo de investigación.
Comunicaciones
Las informaciones generales relacionadas con el desarrollo del proceso de selección se harán mediante publicación en las páginas web www.ejrlb.net y www.ramajudicial.gov.co. Todos los concursantes deberán registrar, al momento de su inscripción, además de su dirección y teléfono de contacto, una dirección electrónica con el fin de enviarles por este medio las informaciones de carácter individual, y es un deber informar sobre cualquier cambio en las mismas.
Plan de estudio
Se compone de una parte general, prerrequisito para cursar los módulos correspondientes a la parte especializada. El concursante que obtenga un puntaje inferior a 800 puntos o que pierda por inasistencia la parte general no podrá pasar a la parte especializada.
En la parte general se realizarán seis sesiones y se abordarán doce temáticas:
· Argumentación Judicial
· Estructuración de la Sentencia
· Dirección del Proceso
· Juez Director del Despacho
· Interpretación Judicial
· Interpretación Constitucional
· Perspectiva de Género
· Ética Judicial
· Derechos Humanos y Control de Convencionalidad
· Debate Probatorio
· Acción de Tutela
· Habeas Corpus y Ley de Transparencia
Sobre la formación especializada, dirigida a los aspirantes de cada una de las especialidades en ejes temáticos de interés, se busca cualificar la práctica judicial. Se abordarán seis temáticas divididas en tres sesiones por cada una de las especialidades: Civil, Familia, Laboral, Contencioso Administrativo, Penal, Salas Disciplinaria y Salas Administrativas.
Trabajo de investigación
Se pretende que los aspirantes apliquen con solvencia el método de interpretación del precedente judicial, mediante la construcción y análisis de las líneas jurisprudenciales, como herramienta idónea para la resolución de los litigios puestos a su consideración. El trabajo deberá basarse en la jurisprudencia con aplicación de las metodologías desarrolladas por la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla.
Consejo Superior de la Judicatura Sala Administrativa, Acuerdo PSAA16-10534, Jun. 24/16
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