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Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


La falta de declaración de impedimento constituye falta disciplinaria mas no es causal de pérdida de investidura, si no se viola el régimen del conflicto de intereses (11:42 a.m.)

06 de Mayo de 2010

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Nota:
66219
El conflicto de intereses como eventual causa para imponer la sanción de pérdida de investidura se convierte en una figura que limita las libertades de voto y expresión que la propia Constitución consagra a favor de los congresistas, por lo tanto, la imposición de la sanción solo resulta legítima cuando se demuestra que el congresista no quiso evitar el conflicto que era evidente. Así lo señaló la Sala Plena del Consejo de Estado al negar la solicitud de pérdida de investidura del senador Habib Merheg Marún reclamada porque el congresista participó en la elección del Procurador General de la Nación pese a tener abierta una investigación disciplinaria en su contra en dicha entidad. Según la decisión, el artículo 181 de la Constitución no sanciona con pérdida de investidura el hecho de que un congresista no cumpla el deber de declararse impedido, sino de que vote una decisión estando incurso en un conflicto de intereses, pues esto solo acarrea sanción disciplinaria. Los consejeros Bertha Lucía Ramírez, Víctor Alvarado, Gustavo Gómez y Alfonso Vargas salvaron su voto, pues aunque el investigado manifestó que no votó en dicha sesión, la sola asistencia estructura la inhabilidad invocada. Así mismo, salvaron su voto Gerardo Arenas y Marco Velilla (C. P. Hugo Fernando Bastidas).

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