La CRC hace precisiones sobre algunos aspectos de la compensación automática (2:38 p.m.)
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02 de Enero de 2014
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El próximo 16 de enero vence el plazo para que las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado presenten la solicitud para acceder a la exención en contribuciones especiales. Así lo establece la Ley 1233, en su artículo 10, y el Decreto 3553 del 2008, por lo cual las solicitudes que para tal efecto sean radicadas o enviadas al Ministerio del Trabajo con fecha posterior a la establecida serán consideradas como extemporáneas. Para solicitar la ventaja fiscal, los solicitantes deben anexar copia del certificado de existencia y representación legal, expedido por la cámara de comercio, con una vigencia no mayor a tres meses; copia de la resolución de autorización de regímenes expedida por el ministerio o del anterior Ministerio de la Protección Social. Igualmente, deben adjuntar el nombre del revisor fiscal y el número de la tarjeta profesional si la cooperativa tiene esta obligación, la cual debe estar certificada por la Superintendencia de Economía Solidaria; certificación sobre el valor total de la facturación causada durante el año 2013 y certificación sobre el número total de asociados. Las solicitudes deberán ser enviados a la Dirección de Generación y Protección del Empleo y Subsidio Familiar, en Bogotá, a las sedes de las direcciones territoriales del ministerio; o al correo msandoval@mintrabajo.gov.co indicando en el asunto: exoneración contribuciones especiales, adjuntando solicitud y anexos requeridos únicamente en formato PDF.
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