Información especial LEGISmóvilCorte Constitucional adopta nueva regla jurisprudencial sobre exigibilidad de la consulta previa (8:00 a.m.)
09 de Septiembre de 2013
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Nota:
91195
A propósito de la publicación de la Sentencia C-253 del 2013, que declaró exequible la expresión comunidades negras en la Ley 70 de 1993 y el Decreto 2374 de 1993, LEGISmóvil destaca una nueva regla jurisprudencial relacionada con la exigibilidad de la consulta previa. En el caso en estudio, la corporación precisó que no se vulneró el derecho a la consulta previa, porque las reglas de procedimiento en esta materia para la expedición de medidas legislativas fueron desarrolladas por vía jurisprudencial con posterioridad al trámite de las normas demandadas, razón por la cual no resultaban exigibles. Así, la Corte adopta como regla jurisprudencial la exigencia de consulta previa solo con posterioridad a la Sentencia C-030 del 2008, por cuanto allí se consolidó el precedente jurisprudencial en esta materia. A su juicio, resulta desproporcionado e irrazonable que un procedimiento no contemplado en el ordenamiento jurídico pueda ser exigible para medidas legislativas posteriores al establecimiento de reglas procedimentales en esta materia por vía jurisprudencial y de interpretación del Convenio 169 de la OIT. El alto tribunal también recordó que la consulta no procede para todas las medidas legislativas, sino solo para aquellas susceptibles de afectar directa y específicamente a los grupos étnicos, independientemente de que el efecto en las comunidades sea positivo o negativo.
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