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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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Indican cómo demostrar que no hubo dolo en determinación juzgada de ilegal, por desviación de poder (11:48 a.m.)

14 de Marzo de 2014

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Nota:
94460
El Consejo de Estado explicó que manifestar expresamente el desacuerdo con una decisión de la administración que posteriormente es objeto de condena a la Nación evidencia la falta de dolo en una determinación viciada por desviación de poder. En el caso concreto, determinó que los demandados no lograron demostrar que su actuación dentro de la decisión que motivó tal condena hubiese estado exenta del dolo descrito en el artículo 5º de la Ley 678 del 2001. La Sala ratificó así la repetición impuesta a dos integrantes de la junta directiva de la Comisión Nacional de Televisión, que tendrán que reintegrar casi $ 460 millones por suscribir el acto de insubsistencia de un funcionario, posteriormente anulado por el juez contencioso. Indicó que si su proceder no hubiese sido doloso habrían expresado su desacuerdo con la decisión, como lo hizo uno de los comisionados (C. P. Jaime Orlando Santofimio).

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