Inaplicar mediante acción popular un acto administrativo por inconstitucional e ilegal procede vía excepción (3:58 p.m.)
18 de Noviembre de 2013
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Nota:
92856
La Sección Primera del Consejo de Estado señaló que pretender a través de una acción popular que se inaplique un acto administrativo por inconstitucional e ilegal es procedente vía excepción, si se logra probar violación de intereses colectivos. A su juicio, el juez popular puede tomar las medidas que considere pertinentes para hacer cesar la vulneración o amenaza, entre ellas, inaplicar una norma o acto administrativo para proteger el derecho colectivo trasgredido o amenazado. Pero aclaró que los efectos se aplican al caso concreto, es decir, la norma no desaparece del ordenamiento jurídico (C. P. María Elizabeth García González).
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