Inaplican normas sobre control de legalidad de fallos con responsabilidad fiscal de ley que reformó el CPACA
18 de Junio de 2021
Por medio de un auto, la Sala Plena del Consejo de Estado inaplicó los artículos 23 y 45 de la Ley 2080 del 2021, que reformó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) CPACA y dictó otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción. Lo anterior por ser contrarios a los artículos 29, 229, 237 y 238 de la Constitución Política. Cabe precisar que el artículo 23 adicionaba el artículo 136A a la Ley 1437 (control automático de legalidad de fallos con responsabilidad fiscal) y el artículo 45 adicionaba el artículo 185A a la Ley 1437 (trámite del control automático de legalidad de estos fallos). Según la Sala, las dos disposiciones desconocen la función constitucional de la jurisdicción administrativa, a la que le corresponde juzgar los actos de la administración, restablecer los derechos de los particulares y disponer la reparación de los perjuicios que se les causen con tales actos. Conozca más argumentos en el texto adjunto (C. P. Martín Bermúdez Muñoz).
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