Inaplican normas sobre control de legalidad de fallos con responsabilidad fiscal de ley que reformó el CPACA
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18 de Junio de 2021
Por medio de un auto, la Sala Plena del Consejo de Estado inaplicó los artículos 23 y 45 de la Ley 2080 del 2021, que reformó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) CPACA y dictó otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción. Lo anterior por ser contrarios a los artículos 29, 229, 237 y 238 de la Constitución Política. Cabe precisar que el artículo 23 adicionaba el artículo 136A a la Ley 1437 (control automático de legalidad de fallos con responsabilidad fiscal) y el artículo 45 adicionaba el artículo 185A a la Ley 1437 (trámite del control automático de legalidad de estos fallos). Según la Sala, las dos disposiciones desconocen la función constitucional de la jurisdicción administrativa, a la que le corresponde juzgar los actos de la administración, restablecer los derechos de los particulares y disponer la reparación de los perjuicios que se les causen con tales actos. Conozca más argumentos en el texto adjunto (C. P. Martín Bermúdez Muñoz).
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