Gobierno ejerció apropiadamente sus facultades al declarar estado de emergencia: Corte Constitucional
21 de Mayo de 2020
La Corte Constitucional realiza por estos días el control automático de constitucionalidad de los decretos presidenciales derivados del estado de emergencia. La norma que estableció dicho estado (Decreto 417 del 2020) fue recibida el pasado jueves 19 de marzo y asignada al magistrado José Fernando Reyes para su estudio.
Para la corporación, el Presidente de la República, junto a quienes integran el Gobierno nacional, lejos de haber incurrido en una valoración arbitraria o en un error de apreciación manifiesto, ejerció apropiadamente sus facultades dentro del margen razonable de análisis que establece la Constitución.
El magistrado ponente, José Fernando Reyes, y su colega Alberto Rojas salvaron parcialmente el voto, porque, en su criterio, la decisión debió tener una cobertura más amplia en defensa de las instituciones democráticas.
Así mismo, el Magistrado Antonio José Lizarazo aclaró su voto sobre algunos aspectos de la decisión.
Según el concepto del alto tribunal, no cabe duda de que las dimensiones de la calamidad pública sanitaria y sus efectos en el orden económico y social son devastadoras, al producir perturbaciones o amenazas en forma grave e inminente que impactan de manera traumática y negativamente en la protección efectiva de los derechos constitucionales de millones de personas.
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