EXTRA: Gobierno decreta prima especial para funcionarios de la justicia
12 de Marzo de 2021
El Gobierno expidió el Decreto 272, con el que establece una prima especial equivalente al 30 % del salario básico para los siguientes servidores de la justicia:
- Magistrados auxiliares.
- Magistrados de todo orden de los tribunales superiores de distrito judicial y contencioso administrativo.
- Magistrados de los consejos seccionales de la judicatura.
- Agentes del Ministerio Público delegados ante la Rama Judicial.
- Jueces de la República.
- Magistrados y fiscales del Tribunal Superior Militar.
- Auditores de guerra.
- Jueces de instrucción penal militar.
- Fiscales auxiliares ante la Corte Suprema de Justicia.
- Fiscales delegados ante tribunal del distrito, ante jueces penales de circuito especializados, ante jueces del circuito, ante jueces municipales y promiscuos.
La prima tiene sustento legal en el artículo 14 de la Ley 4 de 1992, modificada por el artículo 1º de la Ley 332 de 1996 y aclarada por el artículo 1º de la Ley 476 de 1998.
La norma indica que la prima será adicional a la asignación básica correspondiente a cada empleo, se pagará mensualmente y únicamente constituirá factor salarial para el ingreso base de cotización del Sistema General de Pensiones y del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
En ningún caso los ingresos totales anuales de los servidores que tengan derecho a la bonificación podrán superar el 80 % de lo que por todo concepto devengan los magistrados de altas cortes. (Lea: ATENCIÓN: Unifican jurisprudencia sobre prima especial para funcionarios de la Rama Judicial)
Finalmente, el Departamento Administrativo de la Función Pública podrá conceptuar en materia salarial y prestacional y el decreto aclara que ningún otro órgano puede arrogarse tal competencia.
Ministerio de justicia, Decreto 272, Mar. 11/21.
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