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Exención tributaria no significa que el impuesto no deba ser declarado (8:20 a.m.)

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09 de Septiembre de 2014

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El Consejo de Estado sostuvo que las exenciones tributarias no despojan al contribuyente de su condición de sujeto pasivo del impuesto. Ello porque se trata de una decisión en la cual el respectivo ente territorial decide suspender el cobro de la contribución a quienes siguen siendo reconocidos por la ley como responsables del tributo, por adelantar la actividad gravada. Así, a pesar de que en el caso concreto la administración de Soledad (Atlántico) exoneró a la demandante del pago del impuesto de industria y comercio, esta seguía obligada a declarar, por adelantar la actividad económica que daba origen al impuesto. Aunque la corporación reconoció que procedía la sanción por no declarar, aplicó la excepción de institucionalidad que enmarcaba la norma por medio de la cual la accionada estableció el monto sancionatorio, ya que lo calculó en torno al valor del impuesto y no frente al porcentaje de los ingresos del contribuyente, como correspondía (C. P. Martha teresa Briceño).

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