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El certificado de disponibilidad presupuestal es un elemento que no incide en la validez del acto de supresión (12:01 p.m.)

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07 de Enero de 2010

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El Consejo de Estado señaló que el certificado de disponibilidad presupuestal no incide en la validez de este, pues el requisito normativo de orden presupuestal tiene por finalidad garantizar el pago de las indemnizaciones que se hubieran causado en la supresión de empleos. Por otra parte, indicó que la competencia del alcalde para suprimir cargos necesita la orden del concejo si la creación, fusión o supresión es consecuencia de la reestructuración orgánica de las entidades municipales, pero cuando la reestructuración no modifica la estructura orgánica de la administración, la facultad del alcalde es autónoma e independiente (C.P. Bertha Lucía Ramírez de Páez).

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