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Contratistas del sector público pueden denunciar circunstancias de acoso ante el Ministerio Público (4:20 p.m.)

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09 de Diciembre de 2019

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Citando la doctrina del Departamento Administrativo de la Función Pública, el Ministerio del Trabajo indicó que las disposiciones de la Ley 1010 del 2006 no tienen aplicación para los contratistas, toda vez que la protección obedece a la existencia real de subordinación, pues la dependencia en la relación es la que determina la posibilidad de acoso. No obstante, aclaró, en toda relación, ya sea laboral, civil o contractual, se deben respetar los derechos fundamentales de las personas, por lo que, si un contratista se siente vulnerado en sus derechos por el comportamiento de un servidor público, tiene la potestad de acudir al Ministerio Público y exponer el caso.        

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