Consulta previaSi comunidades étnicas son afectadas con construcción de relleno sanitario, deben ser consultadas (9:32 a.m.)
14 de Mayo de 2015
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Nota:
100554
La Sala Plena de la Corte Constitucional ratificó la acción de tutela en la cual llegó a esa conclusión. Se trata de la Sentencia T-294 del 2014, en la cual el alto tribunal consideró que la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y de San Jorge (CVS) y la empresa adjudicataria del relleno sanitario de Cantagallo (Córdoba) vulneraron el derecho a la participación de una comunidad indígena y el de la población asentada en el área de influencia, pues no garantizaron a los órganos representativos de esos grupos la posibilidad de ser consultados. Según esa providencia, si en ese proceso no se establecían acuerdos, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) debía adoptar una decisión sobre el lugar y las condiciones en las que se ejecutaría el proyecto de relleno sanitario.
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