Consejo de Estado explica cuándo el juez vulnera el derecho de acceso a la administración de justicia al procesado (4:47 p.m.)
08 de Julio de 2014
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Nota:
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El Consejo de Estado recordó que la falta de diligencia y la omisión sistemática de los deberes judiciales por parte del operador hacen procedente la acción de tutela, para proteger el derecho de acceso a la administración de justicia. Con argumentos como este, la corporación concedió el amparo exigido por el exgobernador de Caldas Mario Aristizábal, quien alegaba falta de diligencia por parte de la Procuraduría, por las demoras en las que, según dice, ha incurrido a la hora resolver la apelación al fallo por medio del cual fue destituido e inhabilitado por 10 años. Así las cosas, la Sala ordenó al Ministerio Público decidir el asunto en un máximo de dos meses, contados desde la notificación (C. P. Susana Buitrago).
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