Consejo de Estado dio a conocer concepto sobre el procedimiento de elección y periodo de los miembros de la Comisión de Regulación en Salud (1:56 p.m.)
12 de Julio de 2011
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Nota:
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En concepto autorizado recientemente, el Consejo de Estado explicó que no es posible la reelección de los comisionados expertos que integran la primera Comisión de Regulación en Salud (Cres), pero sí es procedente, por una sola vez, la reelección de los subsiguientes comisionados. Sin embargo, aclaró que el periodo de los comisionados expertos no es institucional y por ello deben permanecer en sus cargos luego de su vencimiento hasta que se designe su remplazo. Respecto a la elección de los comisionados, la Sala de Consulta y Servicio Civil señaló que se debe hacer uso de las listas de elegibles. La terna será conformada con las personas que hayan obtenido las mayores calificaciones del respectivo concurso, según su mérito, y enviarse al Ministerio de la Protección Social para que este se la entregue al Presidente de la República. Además, las respectivas listas tienen una vigencia de tres años, lo que significa que durante ese tiempo deben proveer candidatos para elaborar las ternas de elegibles requeridas para reemplazar a los comisionados expertos que se retiren de la entidad (C. P. William Zambrano Cetina).
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