Cambios intempestivos en los requisitos de acceso a los establecimientos educativos públicos pueden vulnerar el derecho a la educación (11:51 a.m.)
13 de Julio de 2011
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Nota:
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Si las instituciones imponen intempestivamente requisitos adicionales para el acceso a la educación de los menores, aunque vinieran prestando el servicio sin dichos condicionamientos, pueden vulnerar el derecho a la educación. Así lo señaló el Consejo de Estado al amparar ese derecho a un menor al que se le negó la inscripción en una institución educativa de Pasto por no tener los cinco años de edad cumplidos, pese a que el establecimiento venía prestando el servicio sin dicha exigencia. Según la Sección Primera, no existió razón que justifique la negativa de la inscripción, porque la institución venía ampliando la cobertura en educación preescolar, medida que no puede ser regresiva porque puede vulnerar el derecho fundamental a la educación de los niños. La sala explicó que se generó una expectativa legítima de acceso al servicio de educación preescolar, la cual se vio defraudada cuando intempestivamente y con una medida regresiva decidió no permitir la inscripción, pese a haber ampliado la cobertura del servicio (C. P. Rafael E. Ostau De Lafont).
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