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Cambian jurisprudencia en materia de vigencias futuras excepcionales de las entidades territoriales (12:30 p.m.)

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27 de Julio de 2018

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El Consejo de Estado modificó su criterio, plasmado en una sentencia del 2011, según el cual no eran procedentes las vigencias futuras excepcionales en las entidades territoriales, en razón a que la Ley 819 del 2003, orgánica del presupuesto, solo las contempló para la Nación. Esta modificación, resalta la Sección Primera, obedece a que en esta oportunidad se planteó el problema acerca de la procedencia de las vigencias futuras excepcionales en las entidades territoriales desde la perspectiva del principio constitucional de igualdad, la cual ha permitido un análisis de fondo dentro de un panorama más amplio que el estudiado en el 2011, en el que solo se debatió el asunto desde el punto de vista del contenido estrictamente material de la Ley 819. La providencia concluye entonces que  no existen razones de orden legal o de otro tipo que justifiquen un trato diferenciado de las entidades territoriales frente a la Nación respecto a la posibilidad de autorizar vigencias futuras excepcionales. A lo anterior, agrega, existen importantes proyectos de inversión en el que concurren el interés nacional y el de las entidades territoriales y la correspondiente cofinanciación, como los asociados a los sistemas masivos de transporte (C. P. Oswaldo Giraldo).

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