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18 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Aprenda cómo hacer trámites virtuales ante el Registro Nacional de Abogados

11 de Junio de 2021

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Nota:
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Frente a las reiteradas inconsistencias en la acreditación de requisitos para solicitar la tarjeta profesional de abogado, duplicados, entre otros trámites, el Consejo Superior de la Judicatura presentó el procedimiento para acceder de manera virtual ante la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia.

 

Cabe precisar que los trámites que realiza la unidad son: tarjeta profesional de abogado, duplicados, cambios de formato, licencia temporal, práctica jurídica y carné de Juez de Paz y de reconsideración.

 

Proceso de preinscripción

 

Todos los usuarios deben realizar la preinscripción en el Sistema de Información (SIRNA) https://sirna.ramajudicial.gov.co/Paginas/Inicio.aspx y allegar, a través del correo regnal@cendoj.ramajudicial.gov.co, el formulario único de múltiples trámites diligenciado junto con los demás documentos y requisitos publicados en la página web.

 

Requisitos

 

 

 

 

Tarjeta

profesional

  •     Fotocopia legible (ambas caras) de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería vigente.
  •     Dos fotografías recientes, fondo azul, tamaño 3x4.
  •     Copia o fotocopia del acta de grado. Cuando sea por una universidad extranjera, se requiere documento que acredite la convalidación expedida por del Ministerio de Educación Nacional.
  •     Recibo de consignación por el valor establecido y vigente para la tarjeta profesional de abogado ($ 50 mil).

Las tarjetas serán remitidas a través del servicio de correo certificado de la empresa 4-72 a la dirección de domicilio registrada en el formulario de preinscripción, siempre que corresponda a zonas urbanas del territorio nacional.

 

 

 

 

 

Duplicado

tarjeta

profesional

  •     Por pérdida del documento: original o copia de la denuncia.
  •     Por cambio de datos básicos (nombres, apellidos, sexo o documento de identificación), debe aportar escritura pública, registro civil o documento expedido por autoridad competente, que soporte legalmente el cambio.
  •     Fotocopia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería vigente.
  •     Dos fotografías recientes, fondo azul, tamaño 3x4.
  •     Recibo de consignación por el valor establecido y vigente para la tarjeta profesional de abogado ($ 50 mil).

Las tarjetas serán remitidas a través del servicio de correo certificado de la empresa 4-72 a la dirección de domicilio registrada en el formulario de preinscripción, siempre que la misma corresponda a zonas urbanas del territorio nacional.

 

 

Cambio

de

formato

  •    Fotocopia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía o cédula de extranjería vigente expedida por la autoridad colombiana competente.
  •    Dos fotografías recientes fondo azul, tamaño 3x4.
  •    Recibo de consignación por el valor establecido y vigente para la tarjeta profesional de abogado ($ 50 mil).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Práctica

jurídica

Para acreditar la judicatura se deben enumerar y ordenar cronológicamente los cargos desempeñados con posterioridad a la terminación y aprobación de las materias que integran el pensum académico, allegando los documentos debidamente clasificados y foliados en el siguiente orden:

 

  •     Diligenciar vía web el formulario único para múltiples trámites e imprimir.
  •     Fotocopia simple legible del documento de identificación por ambas caras.
  •     Original del certificado de terminación y aprobación de materias, con fecha de expedición no mayor de un año.
  •     Actos de nombramiento y posesión para los cargos Ad-Honorem y del contrato de prestación de servicios o vinculación laboral.
  •     Ante el cambio o comisión de cargo, la entidad pública o privada debe aportar el acto administrativo que le asigne funciones jurídicas o trasladen temporal o definitivamente del cargo.
  •     Original del certificado del tiempo de servicio (tiempo de servicio, fecha de inicio y terminación, horario o tiempo de disponibilidad y funciones detalladas).

 

Para la judicatura realizada al servicio de una persona jurídica de derecho privado adicionalmente se debe aportar certificado de existencia y representación legal y certificación de la superintendencia que tenga a cargo las funciones de inspección, vigilancia o control sobre la entidad privada.

 

Para la judicatura realizada bajo el artículo 50 de la Ley 1395 del 2010 debe allegar adicionalmente:

 

  •     Copia del convenio entre Mininterior y Minjusticia y la alcaldía o la certificación de la Dirección de Acceso a la Justicia donde se determine que la casa de justicia está inscrita o pertenece al Programa nacional “Casas de Justicia.”
  •    Actos de nombramiento y posesión emitidos por el nominador de la entidad.
  •    Certificado de funciones jurídicas.
  •    Certificado que demuestre haber cursado y aprobado la formación como conciliador.

 

Quienes realicen la judicatura en la Fiscalía General de la Nación deben solicitar el aval de la práctica ante la secretaría general de dicha entidad, conforme con la Resolución 0-1684 del 2010 o el que la aclara, modifique o derogue proferida por esa institución.

 

Los que realizan la citada práctica en los centros de reclusión conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley 2636 del 2004 requieren aportar la certificación expedida por el director del establecimiento carcelario. Frente a los centros de reclusión de carácter nacional esta certificación deberá ser avalada por el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) o director operativo regional.

 

 

 

 

Licencia

temporal

  •     Fotocopia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía.
  •     Dos fotografías recientes, fondo azul, tamaño 3x4.
  •     Original del certificado de terminación y aprobación de materias indicando la fecha exacta con expedición máxima de un año.
  •     Original del certificado de terminación de consultorio jurídico con expedición máxima de un año.

Mientras dure la emergencia actual, las licencias temporales serán remitidas a través del servicio de correo certificado de la empresa 4-72 a la dirección de domicilio registrada en el formulario de preinscripción por parte del solicitante, siempre que la misma corresponda a zonas urbanas del territorio nacional.

 

 

 

Carné de

juez de paz

y de

reconsideración

  •    Acta de posesión como Juez de Paz y de Reconsideración.
  •    Fotocopia legible por ambas caras de la cédula de ciudadanía.
  •    Dos fotografías recientes a color, fondo azul claro, tamaño 3x4.
  •    Para efectos de un duplicado debe aportar consignación bancaria por el valor establecido.

Mientras dure la emergencia actual, los carné de Juez de Paz y de Reconsideración serán remitidos a través del servicio de correo certificado de la empresa 4-72 a la dirección de domicilio registrada en el formulario de preinscripción por parte del solicitante, siempre que la misma corresponda a zonas urbanas del territorio nacional.

 

Canales de atención

 

La Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia ha dispuesto los siguientes canales:

 

  1.                   Atención telefónica: (1) 381 7200 Ext 7516, 7511 y 7519.

 

  1.                 Radicación de trámites y solicitudes al correo electrónico institucional regnal@cendoj.ramajudicial.gov.co.

     
  2. Soporte técnico: en caso de presentar inconvenientes con la preinscripción en la página web, el interesado podrá dirigir su solicitud al correo electrónico csjsirnasoporte@deaj.ramajudicial.gov.co o comunicarse a la línea telefónica (1) 381 7200 Ext. 7517

     

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