12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Acuerdan implementación de oralidad en ocho distritos judiciales, a partir de enero y abril del 2014 (3:33 p.m.)

30 de Diciembre de 2013

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Nota:
93582
De acuerdo con la implementación gradual de la oralidad que promueven la Ley 1395 del 2010 y el Código General del Proceso, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura dispuso la entrada en vigencia de este tipo de sistema para ocho despachos judiciales del país entre enero y abril del 2014. Así las cosas, a partir del 13 de enero, entrará a regir la oralidad en dichos procesos judiciales que se adelanten en Arauca (Arauca), Barranquilla (Atlántico) y Cali (Valle). De igual manera, desde el 30 de abril, entrará en vigor en Cúcuta (Norte de Santander), Medellín (Antioquia), Pamplona (Norte de Santander), Santa Rosa de Viterbo (Boyacá) y Tunja (Boyacá). El acuerdo se da en cumplimiento del artículo 627 del Código General del Proceso, que faculta al Consejo Superior de la Judicatura para disponer la entrada en vigencia de tales normas de manera gradual, hasta tres años después del 10 de enero del 2014, de acuerdo con la capacidad técnica, de personal e infraestructura de cada distrito judicial.

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