11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 5 minutes | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Etcétera

Corte y Recorte

Legalismo de Ripley

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No se sabe con certeza cuándo entró a regir la Constitución de 1991. En medio de los acordes del Mesías de Handel, cada uno de los constituyentes estampó su firma, pero en papel en blanco, porque el texto no estaba totalmente transcrito. La ceremonia fue el 4 de julio, fecha conmemorativa de cuando los Padres Fundadores firmaron la Constitución de los Estados Unidos. El texto de la nueva Constitución colombiana apareció publicado en la Gaceta Constitucional número 114 del 7 de julio, fecha en que entró en vigencia con la aclaración de que dicho texto correspondía al articulado “esencialmente” aprobado en segundo debate por la asamblea. Debido a los reclamos de algunos constituyentes que encontraron que artículos aprobados no aparecían en la codificación, el secretario general, Jacobo Pérez Escobar, verificó los errores y fue necesario hacer nuevas publicaciones

 

Por eso no se sabe con exactitud cuándo entró a regir la nueva Constitución. Pero en la jurídica de la Presidencia, que son muy pilos –y por eso les pagan-, expidieron un decreto el 5 de agosto de 1991 cuando coincidencialmente se conmemoraba la fecha de sanción de la Constitución de 1886 y de la reforma de 1936. El decreto a que hago mención de 1991 es el 1915, cuyo texto es el siguiente:

 

“Presidencia de la República. Decreto número 1915 de 1991 (agosto 5). Por el cual se crea un cargo en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y se hace una incorporación”.

 

“El presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales. Decreta:”

 

“Artículo 1º. Crease en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República el empleo denominado Presidente de la República, Código 001”.

 

“Artículo 2º. Incorporase en el cargo creado en el artículo anterior al doctor César Gaviria Trujillo”.

 

“Artículo 3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación”.

 

“Publíquese y cúmplase”.

 

“Dado en Santa Fe de Bogotá, DC., el 5 de agosto de 1991. César Gaviria Trujillo”.

 

“El director del Departamento Administrativo de la Presidencia República, Fabio Villegas Ramírez”.

 

¡Para Ripley! Tan legalistas. Le dieron a Dios lo que es de Dios y al César (Gaviria) lo que es del César.

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