Mirada Global
Bruno Leoni y la lucha contra la inflación legislativa
Daniel Raisbeck
De manera sorpresiva, uno de los principales defensores del derecho anglosajón en el siglo XX no fue un británico ni un estadounidense, sino un abogado italiano que, según el economista Arthur Kemp (1916-2002), fue un hombre digno del renacimiento, dados sus talentos adicionales como arquitecto amateur, músico, conocedor del arte y lingüista.
Bruno Leoni (1913-1967) se destaca sobre todo, escribió Kemp, por haber sido “un defensor de los principios de la libertad individual”. Mientras los más notorios adalides del libre mercado en el siglo XX fueron economistas, como Friedrich von Hayek, Ludwig von Mises o Milton Friedman, Leoni se destaca por haber presentado una teoría legal que sirve de fundamento jurídico para una sociedad libre.
Para cumplir su propósito, Leoni requería una definición nueva y precisa del término “derecho” (law). Particularmente era necesario remplazar el concepto del Derecho que surge de la teoría normativa que impulsó exitosamente Hans Kelsen (1881-1973), bajo la cual “se reduce el concepto de ‘derecho’ a norma”.
Leoni nota la tensión entre la visión normativa de la ley y la moral: lo que la norma jurídica determina que debe ser (sollen) no necesariamente refleja un “deber ser” ético. Por otro lado, Leoni argumenta que “reducir el derecho (law) a ‘norma jurídica’ no ayuda a explicar (en términos de la lógica de la acción humana) la creación de la norma misma”.
Peor aún, dada la prevalencia de la teoría normativa, se corre el riesgo de que el Derecho (law) se identifique “con las normas o el sistema de normas que únicamente se originan del Estado y que por lo tanto son coercitivas”. Fácilmente, esto conduciría a una justificación de cualquier tiranía o aparato político totalitario, cuyas normas serían válidas legal y moralmente solo por el hecho de que las emite un Estado.
Como alternativa, Leoni ofrece una teoría del Derecho afín a la económica de la escuela austríaca. Así como el sistema de precios en el mercado surge de la comunicación espontánea entre vendedores, compradores y sus consejeros, el sistema de normas jurídicas nace del intercambio entre las miles o millones de personas que hacen reclamaciones legales y los “operadores jurídicos” -como los asesores y, en especial, los jueces-, que determinan si cada reclamación es o no legítima. Esto significa que una obligación legal no es un “debe ser” (sollen) genérico y universal, sino un “usted debe” que aplica a la persona sobre la cual recae una reclamación específica.
Así como cada hombre demanda algún bien económico, afirma Leoni, todo hombre tiene reclamaciones así no lleguen a una instancia legal, de lo contrario “no es un hombre sino un objeto”. Por lo tanto, “la economía y el derecho son “aspectos de la acción humana imposibles de eliminar”.
Según Hayek, “el sistema de los precios es tan solo una de esas formaciones que el hombre ha aprendido a usar” imperfectamente “tras toparse con él sin entenderlo”. Para Leoni, el Derecho Romano Privado era ideal porque “era algo que se describía o se descubría, no algo que se decretaba, un mundo de cosas que ya existían, formando parte de la herencia común de todo ciudadano” de Roma.
Leoni cita al erudito inglés W. W. Buckland (1859-1946), quien resaltó cómo el Derecho Romano Civil evolucionó durante siglos “con muy poca intervención de un órgano legislativo”. De hecho, Buckland afirma que, “de los cientos de estatutos (leges) conocidos” del periodo clásico del Derecho Romano, “no más de 40 fueron importantes para el Derecho Privado”.
Similarmente, el derecho anglosajón desarrolló el concepto de rule of law a través de los siglos, por medio de las descripciones o descubrimientos de soluciones correctas para casos específicos por parte de los jueces. Estos, lejos de ser legisladores, eran “estudiosos intentando verificar las cosas mas no cambiarlas”.
Según Leoni, los actores sobre la tarima del “derecho común” eran los ciudadanos que buscaban encontrar “lo que comúnmente se consideraba la ley”; los jueces eran espectadores, tal como los gramáticos que compendian las reglas de un idioma formado de manera espontánea, sin un plan preconcebido por una persona o un grupo de individuos. Por ende, es natural que el derecho anglosajón se haya desarrollado sin la necesidad de una Constitución escrita.
Para Leoni, el rule of law anglosajón entra en declive cuando “empieza a asemejarse al état de droit continental, es decir, a una serie de reglas que son certeras sólo porque son escritas, y generales no porque haya una creencia común al respecto entre los ciudadanos, sino porque un puñado de legisladores las han decretado”.
El reconocido politólogo Giovanni Sartori (1924-2017), alumno de Leoni, recurrió a su pensamiento cuando describió el fenómeno de la inflación legislativa en Occidente, donde “leyes excesivas en número y pobres en calidad (…) desacreditan el derecho” y le abren el camino a la opresión.
Según el concepto “leoniano” de la libertad, un buen legislador es el que aspira a hacer lo menos posible.
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