Ya no están excluidas de prohibición las corralejas, las peleas de gallos y el coleo
Decisión de inexequibilidad se difiere a tres años, para que se inicien procesos de reconversión laboral y cultural.Openx [71](300x120)

04 de Septiembre de 2025
La Corte Constitucional declaró ajustada a la Constitución la Ley 2385 del 2024, que dispuso una transformación cultural mediante la prohibición de las corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas. Se incluyó dentro de esta prohibición a las actividades sobre toros coleados, corralejas y peleas de gallos.
El alto tribunal declaró exequibles los artículos 4 y 5 de la ley, sobre reconversión laboral de las personas que se dedican a la actividad taurina y reconversión cultural de los escenarios usados para el desarrollo de estas prácticas, respectivamente, por el cargo referente al examen del impacto fiscal, en armonía con los artículos 151 y 334 de la Constitución Política. (Lea: Lista la ley antitaurina)
De otra parte, declaró exequible todo el texto de la ley cuestionada, conocida popularmente como No más olé, frente a los cargos sobre la protección de la diversidad cultural y patrimonio cultural de la Nación, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de expresión y a los derechos adquiridos y propiedad privada de quienes se dedican a las actividades contempladas en la misma. (Lea: Prohibición de corridas de toros, en manos de la Corte Constitucional)
Por último, declaró inexequible la expresión “las actividades sobre los toros coleados, las corralejas y las peleas de gallos” contenida en el parágrafo 4 del artículo 3 de la ley. Se difieren los efectos de la decisión por el término de tres años, con el fin de que se inicien los procesos de reconversión laboral y cultural correspondientes a estas actividades (M. P. Miguel Polo Rosero).
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