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Gobierno deberá reglamentar en seis meses prohibición de experimentar cosméticos con animales

Acciones informativas para difundir la prohibición no remplazan cumplimiento al mandato de reglamentación.

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Gobierno deberá reglamentar en seis meses prohibición de experimentar cosméticos con animales (Freepik)

Foto: Freepik

11 de Junio de 2025

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El Consejo de Estado ordenó al Gobierno reglamentar la prohibición de experimentación de productos cosméticos en animales, así como su importación, fabricación y comercialización, en los términos del artículo 6 de la Ley 2047 del 2020. Según el accionante, el Gobierno tenía la obligación de expedir dicha reglamentación en un plazo no mayor a un año, a partir de la promulgación de la ley.

El 20 de marzo del 2024, el actor envió solicitud al Presidente de la República y dos días después se le informó que fue trasladada al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, cartera que a su vez trasladó la solicitud al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como al Ministerio de Salud, que también la trasladó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. (Lea: Gobierno divulga ley que prohíbe pruebas en animales para cosméticos)

Si bien la Sala no desconoce que los ministerios mencionados han elaborado campañas nacionales para difundir la prohibición de experimentación de productos cosméticos en animales, las acciones informativas para difundir la prohibición de experimentación de productos cosméticos en animales no remplazan el deber de cumplir con el mandato de expedir la reglamentación correspondiente.

Y es que la norma objeto de esta acción sí contiene un mandato imperativo e inobjetable. Contiene un verbo rector en virtud del cual, en reiteradas oportunidades, la Sección Quinta como órgano de cierre en materia de acciones de cumplimiento ha accedido a las pretensiones en cuanto a ordenar la expedición de la respectiva reglamentación (M. P. Pedro Pablo Vanegas Gil).

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