Gobierno ajusta criterios para asignar subsidios de vivienda a población vulnerable
La norma otorga prelación a hogares desplazados, víctimas de desastres, adultos mayores, mujeres cabeza de hogar y personas con discapacidad.Openx [71](300x120)

03 de Septiembre de 2025
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expidió una resolución que modifica los criterios de priorización y selección de hogares beneficiarios del subsidio familiar de vivienda del 100 %. La medida actualiza la reglamentación establecida en 2019 con el propósito de focalizar de manera más precisa a la población vulnerable y garantizar el acceso a vivienda digna.
El nuevo marco establece un orden de priorización que contempla, en primer lugar, a los hogares en condición de desplazamiento y a quienes hayan sido beneficiarios de subsidios de vivienda sin aplicar. También se incluye a familias vinculadas a la Estrategia Unidos y a personas registradas en el Registro Único de Víctimas, con especial atención a la superación de la pobreza extrema y al derecho de generación de ingresos. (Lea: Gobierno modificó condiciones del subsidio para mejoramiento de vivienda)
De igual forma, se incorpora dentro de la priorización a hogares afectados por desastres naturales, emergencias, calamidades públicas y a aquellos localizados en zonas de alto riesgo no mitigable. Asimismo, se contemplan criterios específicos para familias en territorios impactados por la ejecución de proyectos de infraestructura o de interés nacional, siguiendo lineamientos de los consejos de gestión del riesgo y de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres.
La resolución precisa que dentro de los grupos poblacionales se dará prelación a mujeres y hombres cabeza de hogar, adultos mayores, personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género extrema. Con esta actualización, el Gobierno busca garantizar que la asignación de subsidios de vivienda en especie responda a las condiciones actuales del país y a las necesidades prioritarias de la población vulnerable.
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