Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


ANÁLISIS: La isla “Santa Rosa” y nuestra Amazonía: una frontera viva

Así sea por única vez el Gobierno actual tiene razón y acierta al no reconocer la soberanía de Perú en Santa Rosa.

Openx [71](300x120)

247276
Imagen
ANÁLISIS: La isla “Santa Rosa” y nuestra Amazonía: una frontera viva

12 de Agosto de 2025

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

Andrés Felipe S

Andrés Felipe Succar
Abogado, magíster en Derecho y magíster en Políticas Públicas de la Universidad de los Andes.
LLM en Derecho Internacional de los Derechos Humanos de la Universidad de Notre Dame, Indiana.

El pasado 7 de agosto, el presidente Gustavo Petro manifestó oficialmente que Colombia no reconoce la soberanía de la República del Perú sobre la isla denominada “Santa Rosa”, ubicada en el río Amazonas y adyacente a la isla peruana de Chinería. Este pronunciamiento oficial es consistente con otros pronunciamientos de la Cancillería colombiana. Por ejemplo, el 8 de julio de 2024 la cartera de Relaciones Exteriores manifestó durante una mesa técnica de seguridad en Leticia, que desconocía al denominado alcalde de Santa Rosa como autoridad, en tanto que se trataba de una isla nueva que no había sido asignada y era “ocupada irregularmente por Perú”.

Pese a la importancia del tema, la polarización política interna y el desconocimiento del Derecho y los tratados internacionales no le ha permitido ver a buena parte de los colombianos que se trata de un asunto serio, de la mayor importancia, y en el que así sea por única vez el Gobierno actual tiene razón y acierta al no reconocer la soberanía de Perú en Santa Rosa. Así, tanto la prensa como quienes nos ubicamos en la oposición política tenemos que entender el problema en su real dimensión para no afectar gravemente los intereses nacionales. Esta columna trata de contribuir a la tarea de concientizar a los colombianos sobre nuestras opciones jurídicas más allá de las profundas diferencias políticas con el actual gobierno.

Tratado Salomón-Lozano

Entrando en materia, el tratado Salomón-Lozano de 1922 es claro en señalar en su artículo 1º  que la frontera entre Colombia y Perú es la zona más profunda del río Amazonas, conocida como thalweg. Con base en el mismo tratado y luego de la guerra colombo-peruana, se delegó en la comisión demarcadora la tarea de asignar las distintas islas formadas en la época.

En virtud de ello, en 1934 se le adjudicó al Perú la isla de la Chinería, mientras que a Colombia se le asignaron las islas de Ronda, los micos, entre otras. La isla que hoy se conoce como Santa Rosa no existía en ese entonces y, por tal razón, no ha sido asignada de forma bilateral. También es importante aclarar que si bien la isla de Chinería se adjudicó por mutuo acuerdo a Perú, ello no significa que la frontera sea dicha isla, ni el brazo del río Amazonas que pasa entre Chinería y Leticia, sino que de acuerdo al tratado, la frontera siempre será el thalweg del río Amazonas.

¿Pero dónde queda el thalweg o la zona más profunda del río? El thalweg es, por definición y naturaleza, tan cambiante y dinámico como lo sean las variaciones del cauce del río, y en este momento muy probablemente se encuentra entre la isla de Chinería y la ribera propiamente peruana. Su ubicación depende de las condiciones cambiantes de la naturaleza y una prueba técnica solo puede dar cuenta de sus coordenadas en un momento determinado, pero una vez el río cambie de cauce, el thalweg quedará en otro lugar. Es por ello que lo verdaderamente relevante es que ambos países acordaron que la frontera entre ambos países es el río Amazonas en sí mismo, particularmente en su zona más profunda, y no una frontera terrestre ni una línea imaginaria o demarcada por el lugar en donde corrió el cauce del río en 1922.

Ahora bien, después de 1922, los cambios en el río han creado la isla de Santa Rosa (Isla Fantasía para Colombia) que inicialmente estaba separada de Chinería, con el paso del tiempo se ha unido a esta, y de acuerdo a estudios hidrológicos podría terminar siendo completamente adyacente a Leticia, formando un solo cuerpo de tierra. Perú ha ocupado de facto la isla de Santa Rosa desde hace décadas, pero recientemente se la adjudicó unilateralmente mediante ley. Frente a esto ha protestado Colombia, con razón, pues ello compromete el acceso de Leticia al río Amazonas en un futuro y podría implicar la modificación unilateral de la frontera, cambiándola de una frontera ribereña a una frontera terrestre que nunca ha sido pactada.

En efecto, si dejase de existir el brazo del río Amazonas que pasa entre Chinería y Santa Rosa de un lado, y Leticia por el otro, tanto Chinería como Santa Rosa dejarían de ser islas y pasarían a ser parte de la ribera nororiental del río Amazonas. Aquí se presentan dos problemas: Chinería es indudablemente peruana, pero Santa Rosa no ha sido adjudicada en términos de derecho internacional. ¿A quién pertenecerían Chinería, Santa Rosa y cualquiera de estos nuevos cuerpos de tierra que se llegaren a encontrar en la margen nororiental del río haciendo un solo cuerpo geográfico con Colombia (e incluso Brasil)? Y en caso de que sean peruanos, ¿tendría que pedir permiso Colombia a Perú para acceder al río Amazonas?

La respuesta a la última pregunta debe ser un rotundo No, pues el tratado Salomón-Lozano es claro en afirmar que la frontera entre ambos países es el thalweg del río, es decir, el río en sí mismo, y no una línea imaginaria trazada por donde alguna vez se encausó. Y en cuanto a quién pertenecerían los territorios incorporados por acreción a la ribera nororiental del Amazona, la respuesta es un depende. Depende del estatus de cada una de las islas que quedaría unida a la ribera colombiana. Por un lado, en mi criterio, Chinería terminaría como un enclave peruano en la margen nororiental del río Amazonas, y habría que acordar una frontera terrestre entre Colombia y el enclave peruano de Chinería.  Pero, por el otro lado, y aquí está otro de los puntos neurálgicos del caso, las nuevas tierras adyacentes a Leticia que no conforman Chinería, como Santa Rosa y otras formaciones futuras, serían territorio colombiano obtenido por aluvión, accesión o acreción, e incluso territorio brasilero en aquella parte que sobrepase el hito 1995-1 (que marca la frontera con Brasil), y que termine uniéndose a la ciudad de Tabatinga.

Interpretaciones y confusiones

Todo lo anterior es muy importante, porque tanto la prensa como figuras políticas y académicas colombianas y peruanas han entrado en confusión. Por ejemplo, La Silla Vacía afirmó que “El río Amazonas dejaría de pasar por Colombia”, mientras que figuras respetadas como el profesor Santiago Duque, investigador radicado en Leticia, afirmaron que “la solución es dragar el brazo del río que pasa por Colombia”.

Ambas afirmaciones son erradas y comprometen la soberanía colombiana a partir del desconocimiento o mala interpretación del tratado Salomón-Lozano. Nuevamente: en tanto que el tratado indica que la frontera entre Colombia y Perú es el río Amazonas en sí mismo, no es correcto afirmar que el río “dejará de pasar por territorio colombiano” o que hay un “río peruano” al sur de la isla Chinería y un “río colombiano” al norte de la isla. No. La frontera es el río Amazonas como un todo, particularmente su zona más profunda, por donde sea que se encuentre en cualquier momento. Si el río se mueve al sur, la frontera se mueve al sur junto con el río; si se mueve al norte, la frontera se mueve al norte. Del mismo modo, no hay manera jurídicamente válida de que Colombia se quede sin acceso al río, pues se insiste en que, si el Amazonas cambia su cauce, de todas formas, la frontera sigue siendo el thalweg del río y Colombia debe tener garantizado su libre acceso.

Esta postura sobre el libre acceso de Colombia y Leticia al Amazonas tiene soporte, además, en tratados internacionales como la Convención sobre los Cursos de Agua de las Naciones Unidas, las Reglas de Helsinki de 1966, el principio de utilización equitativa, el principio de no causar daño y la costumbre regional e internacional de los estados ribereños, entre otras numerosas fuentes de derecho internacional.

Es por ello que acierta la Cancillería y el actual Gobierno al desconocer la adjudicación unilateral de Santa Rosa a favor del Perú. Ni Chinería ni Santa Rosa son la frontera; la frontera es el thalweg del Amazonas con todo y sus variaciones. Cuando el Perú se adjudica unilateralmente la nueva formación de Santa Rosa, compromete y amenaza a futuro el acceso de Colombia al río, e igualmente amenaza con modificar unilateralmente las fronteras, pues podría estar creando a futuro una frontera terrestre allí donde hace más de cien años se había acordado una frontera ribereña.

Todo lo anterior amerita la activación de los canales diplomáticos pertinentes, y la moderación del lenguaje de los altos funcionarios, evitando declaraciones altisonantes que impidan un clima apropiado para la concertación. En dicha negociación se puede acordar que Santa Rosa sea colombiana, o peruana, o mitad colombiana y mitad peruana, pero en todo caso se debe garantizar el acceso directo de Leticia al río Amazonas. El Perú, pero especialmente Colombia toda (y particularmente sus medios de comunicación) deben tener claro que la frontera es el río; que no existe la posibilidad de que el Amazonas “pase únicamente por territorio peruano” por cuanto el río es la frontera misma.

Se trata de una frontera viva, tan viva como el río y como la comunidad que habita este rincón del Amazonas: Una comunidad de tres nacionalidades distintas, pero que también es ella una sola que necesita soluciones diplomáticas y concertadas para su propio beneficio y el de las naciones brasilera, peruana y colombiana.

Siga nuestro canal de WhatsApp

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)