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Amparan derechos de menor lesionada en enfrentamiento entre Policía y grupo delincuencial

Se desconoció precedente sobre responsabilidad objetiva y terceros ajenos lesionados en operativos policiales.

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Amparan derechos de menor lesionada en enfrentamiento entre Policía y grupo delincuencial (Policía Nacional)

Foto: Policía Nacional

20 de Abril de 2026

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La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y reparación integral de una menor de edad y su madre frente a un fallo que revocó la declaración de responsabilidad extracontractual de la Nación (Policía Nacional) por las lesiones sufridas por la primera de ellas durante un enfrentamiento armado en Medellín.

La Sala concluyó que la acción de tutela era procedente. Si bien no se constató un defecto fáctico en la acreditación del daño, ni en la identificación del proyectil, sí lo hubo en la falta de análisis integral del contexto de persecución policial y exposición accidental de la víctima, lo que afectó la adecuada imputación de la responsabilidad estatal.

Sobre el desconocimiento del precedente, determinó que el fallo cuestionado se apartó, sin justificación, de la jurisprudencia reiterada del Consejo de Estado sobre aplicación del régimen de responsabilidad objetiva, ya sea por daño especial o riesgo excepcional, en casos donde terceros ajenos resultan lesionados durante operativos policiales, lo cual desconoció el deber de coherencia judicial y el principio de igualdad.

El alto tribunal revocó la sentencia que había declarado improcedente la tutela y, en su lugar, amparó los derechos fundamentales invocados. Respecto al tribunal que revocó la declaración de responsabilidad extracontractual, dejó sin efectos dicha decisión y le ordenó dictar, en un plazo de 30 días, una nueva decisión que tenga en cuenta las consideraciones expuestas (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).

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