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La magnitud de la remuneración está indisoluble y directamente asociada al tiempo de dedicación al trabajo (3:30 p.m.)

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02 de Julio de 2010

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La magnitud de la remuneración está indisoluble y directamente asociada al tiempo de dedicación al trabajo, tanto así que habría detrimento patrimonial al reconocer salario a un empleado por un tiempo realmente no trabajado. Así lo señaló el Consejo de Estado al recordar que el Decreto 1647 de 1967 establece que la remuneración a los servidores del Estado debe obedecer a servicios efectivamente prestados. De esta forma, la Sección Segunda negó que las pretensiones de la demandante, que exigía una contraprestación económica por una jornada que jamás cumplió. La corporación recordó que el hecho de venir cumpliendo un horario en jornada inferior a la establecida por el legislador no puede constituirse en un derecho adquirido, pues lo normal es el ejercicio de las funciones dentro de los límites establecidos por la ley (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).

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