Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Actos administrativos algorítmicos sin motivación suficiente

La nulidad de los actos administrativos adoptados mediante sistemas de IA por falta de motivación suficiente no depende de la existencia de una ley específica sobre IA.

Openx [71](300x120)

266540
Imagen
Automatización en la sombra: el vacío legal que amenaza la modernización del Estado

26 de Mayo de 2026

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Juan Carlos Covilla
Abogado y profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Pompeu Fabra

La incorporación de sistemas de inteligencia artificial (IA) en la actuación administrativa ha reabierto una discusión clásica del Derecho Administrativo: ¿se puede declarar la nulidad de un acto administrativo por falta de motivación? Se ha planteado que resulta complejo identificar las razones por las que un sistema de IA puede llegar a una decisión administrativa. Ahora bien, aun en ausencia de una regulación específica sobre IA, los actos administrativos adoptados mediante sistemas de IA que carezcan de motivación suficiente son nulos por categorías dogmáticas tradicionales. La novedad tecnológica no desplaza el núcleo garantista del acto administrativo. Por el contrario, lo tensiona y exige reafirmarlo.

El deber de motivación ha sido, históricamente, una de las piezas estructurales del Derecho Administrativo. No se trata de un requisito meramente formal, sino de una garantía sustantiva que cumple las siguientes funciones: permite al ciudadano comprender por qué se decide en un determinado sentido, habilita el control administrativo y jurisdiccional de la decisión, y actúa como dique frente a la arbitrariedad y la desviación de poder. Desde esta perspectiva, la motivación no es solo un deber de la administración, sino un derecho del administrado a la comprensión de la decisión que le afecta. El marco constitucional y legal colombiano concibe la motivación como una condición de su legitimidad democrática y jurídica.

Cuando la decisión administrativa se adopta mediante sistemas de IA, surge con frecuencia una confusión conceptual que conviene despejar. Estos sistemas plantean exigencias específicas de trazabilidad y explicabilidad. Por ejemplo, conocer el funcionamiento del modelo, qué datos utiliza, qué criterios incorpora y cómo procesa la información para llegar a un resultado. Toda esta información es necesaria, ya que contribuye a la calidad técnica de la decisión y permiten auditar el funcionamiento del sistema. Sin embargo, aunque la trazabilidad y explicabilidad pueden relacionarse con la motivación del acto administrativo, no son la motivación en sí.

La motivación exige la inclusión en el acto administrativo de las razones concretas por las cuales, en un caso específico, se decidió en determinado sentido. Es el fundamento de la decisión administrativa, no la explicación del funcionamiento del sistema que la soporta. Un sistema de IA puede ser plenamente trazable y técnicamente explicable y, aun así, el acto administrativo resultante puede carecer de motivación si no contiene un apartado que exponga, en leguaje jurídico y no jurídico– comprensible, la justificación normativa y fáctica de la decisión adoptada. Esto se puede lograr con el procesamiento de lenguaje natural que hoy tienen bien desarrollado los sistemas generales. La consistencia técnica del proceso decisorio no equivale, por sí sola, a la exteriorización de razones exigida por el Derecho Administrativo.

Desde una perspectiva dogmática estricta, la ausencia de regulación específica sobre IA no impide declarar la nulidad de estos actos. La teoría clásica del acto administrativo ofrece categorías suficientes para ello. Un acto adoptado mediante IA que no permita identificar los criterios decisorios incurre en falta de motivación. Si además oculta o desdibuja la finalidad pública perseguida, puede configurar desviación de poder. Finalmente, cuando impide al ciudadano controvertir eficazmente la decisión, produce una situación de indefensión material.

Lo dicho supone un enfoque más amplio respecto de la decisión que se adopta. El problema de la motivación en decisiones algorítmica no se agota en el momento de expedición del acto, sino que remite al diseño del sistema y del procedimiento. La responsabilidad no recae únicamente en el funcionario que “firma” la decisión, sino en la arquitectura técnica y procedimental que la hace posible para lograr una argumentación adecuada de la decisión. La tecnología no crea un nuevo espacio de inmunidad jurídica, sino que debe insertarse en un entramado normativo preexistente que sigue siendo plenamente operativo.

En conclusión, la nulidad de los actos administrativos adoptados mediante sistemas de IA por falta de motivación suficiente no depende de la existencia de una ley específica sobre IA. Procede desde las categorías clásicas del Derecho Administrativo. La verdadera discusión no es si la IA puede intervenir en la decisión administrativa, sino bajo qué condiciones institucionales y procedimentales esas decisiones pueden considerarse jurídicamente válidas. La respuesta no se agota en nuevas normas, sino en un diseño adecuado y una gobernanza responsable de los sistemas, capaces de sostener, también en clave algorítmica, la exigencia irrenunciable de motivar las decisiones adoptadas por el poder público.

Siga nuestro canal de WhatsApp

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)